REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, uno de febrero de dos mil doce
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-V-2010-001196
ASUNTO: BP12-V-2010-001196
SENTENCIA: INTEROLCUTORIA
(PERENCION DE LA INSTANCIA)
MOTIVO: DESALOJO
JUICIO: CIVIL
DEMANDANTE: LEONARDO ANTONIO AMODEO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.966.762, asistido por el Abg. JOSE ANGEL ROMERO ESPINOZA.-
DEMANDADO: JOSE ANGEL GUEVARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-9.813.380.-
Por cuanto de la revisión de las actas que integran este expediente el Tribunal observa: Que en el juicio por DESALOJO, seguido por el ciudadano LEONARDO ANTONIO AMODEO, debidamente asistido por el Abg. JOSE ANGEL ROMERO ESPINOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 137.904, en contra del ciudadano: JOSE ANGEL GUEVARA, desde el último acto de procedimiento hasta la presente fecha ha transcurrido más de Un (1) año sin que ninguna de las partes haya instado el presente procedimiento, por lo que se declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, conforme a lo dispuesto en los Artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.-
En virtud de lo expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA, por haber ocurrido la perención en el presente asunto.-
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.-
DADA, FIRMADA Y SELLADA, en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la ciudad de El Tigre, al primer (1) día del mes de febrero del Dos Mil Doce, Años; 201 de la Independencia y 152° de la Federación.-
LA JUEZ,
Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ
Suplente Especial
LA SECRETARIA,
Abg. FLOR YESENIA CUESTA G.
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