REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, seis de febrero de dos mil doce
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2011-001880
ASUNTO: BP12-S-2011-001880


Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por la ciudadana: JENNER TOMAS AGUILERA MENDEZ Y MAURIS COROMOTO SULBARAN MORILLO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nros V-16.249.937 y V-12.017.694, y domiciliados en esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistidos por el abogado VICTOR CORREA MARTINEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 39.068, y de este domicilio, donde peticionan se les conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dineros de su propio peculio, en un terreno de propiedad Municipal, ubicadas en la Calle Falcón, N° 11, de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, cuyos linderos son los siguientes; NORTE: Casa que es o fue de Oscar Lara, midiendo Treinta y Tres metros (33mts) ; SUR: Casa que es o fue de Jesús Paris, midiendo Treinta y Tres metros (33mts); ESTE: Calle Falcón que es su frente, midiendo Cinco metros con Cuarenta y Ocho Centímetros (5,48 mts); y OESTE: Casa que es o fue Digna de Arias, midiendo Cinco metros con Cuarenta y Nueve Centímetros (5,49 mts).- El valor invertido es la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 80.000,00); y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos XIOMARA JOSEFINA MARTINEZ y JORGE AQUILES SILVERA MENDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-8.456.434 y V-18.454.515, respectivamente y de este domicilio;este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, declara TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejercen los ciudadanos: JENNER TOMAS AGUILERA MENDEZ Y MAURIS COROMOTO SULBARAN MORILLO, plenamente identificada, en las bienchechurías antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-

LA JUEZ,

Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ.-



LA SECRETARIA,

Abg. FLOR YESENIA CUESTA GONZALEZ.-