REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dos de febrero de dos mil doce
201º y 152º

ASUNTO: BP02-S-2012-000132
MONTO: Bs. F 45.000,00

SENTENCIA

Vista la TRANSACCION suscrita por el ciudadano CIRO JOSE CARRASCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 16.180.170, debidamente asistido por la abogado KARINA SHAW PEREZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 125.127, por una parte y por la otra, la empresa SADEVEN CONSTRUCCIONES S.A, inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Nº 23, Tomo 232-A del 28 de Octubre del año 2009, representada por el apoderado judicial, abogado FRANCISCO TRUJILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 100.213, según poder que se consigna en este acto; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 11 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y se da por terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Asimismo se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas que se soliciten. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los dos (02) días del mes de Febrero del dos mil doce (2012).
El Juez,


Abg. Ángel G. Parra


La Secretaria,

Abg. Evelin Lara Garcia.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.
La Secretaria,


Abg. Evelin Lara Garcia.