REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticuatro (24) de febrero de dos mil doce
201° y 152°
Acta de Audiencia (Desistida)
ASUNTO: BP02-L-2011-001043
DEMANDANTE: El ciudadano NOEL ALEXANDER GUAIQUIRIMA, titular de la cédula de identidad No. V-15.050.075.
ABOGADA ASISTENTE DEL ACTOR: La Procuradora abogada MARYORIS DE LIRA, inscrita en el IPSA bajo el No. 91.859.
DEMANDADA: INVERSIONES Y TRANSPORTE EL ANGEL 1415, C.A.
ABOGADOS DE LA DEMANDADA: Los abogados ALEJANDRO MACHADO MILLAN y ERWING HERNÁNDEZ CARABALLO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 116.146 y 175.003.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.
Hoy, veinticuatro (24) de febrero de 2012, siendo las diez (10:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, por CALIFICACIÓN DE DESPIDO; se deja expresa constancia de que la parte actora no comparece a la realización de la Audiencia Preliminar, solo hace acto de presencia su abogada asistente sin poder y por la empresa comparecen los abogados ALEJANDRO MACHADO MILLAN y ERWING HERNÁNDEZ CARABALLO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 116.146 y 175.003. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152° y 201°.
El Juez,
Abg. Sergio Millán Charles
La Secretaria,
Abg. Evelin Lara García.
En esta misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las 10:13 a.m. Conste.
La Secretaria,
Abg. Evelin Lara García.
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