REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis (16) de febrero de dos mil doce (2012)
201º y 152º
EXPEDIENTE: BP02-L-2011-000786
DEMANDANTES: ZULEIMA DEL CARMEN BRITO VASQUEZ, MARYORIBET SANTANA DE MATA, ELEAZAR ENRIQUE BELTRAN PARRA, JONH FRANK FARIAS GONZALEZ, EDGAR ALEXANDER VERACIERTA SILVA, LUIS ALFREDO CHAGUAN ROJAS, RAFAEL ENRIQUE SILVA ZACARIAS, JESUS ENRIQUE GONZALEZ ROSALES, RAFAEL ENRIQUE SURGA AGUILARTE, DANIEL ANTONIO CASTRO ROSALES, JEAN CARLOS GONZALEZ MARQUEZ, LUIGUI JOSE SARRAMEDA VELASQUEZ,. CARLOS ALBERTO AGUACHE RIVERO, JOSE ANTONIO SARABIA VELASQUEZ, KLEVER JOSE GONZALEZ, DAISMAR JOSE SALAZAR, SANDOR GILBERTO MANZANO NUÑEZ, MIGUEL EDUARDO CAGUANA MARQUEZ, LEONEL JOSE GONZALEZ CHIRA y JACLYN BERENICE GUAINA BRITO
DEMANDADA: DROGAS VENEZUELA, S.A., (DROVENSA), SUMINISTROS FARMACEUTICOS, C.A., (SUFARMA) e INVERSIONES PARIA, S.A., (INVERPASA)
JUICIO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES
En el día hábil de hoy, dieciséis (16) de febrero de dos mil doce, siendo las 9:00 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la instalación de la audiencia preliminar en la presente causa, contentiva del juicio por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, incoado por los ciudadanos ZULEIMA DEL CARMEN BRITO VASQUEZ, MARYORIBET SANTANA DE MATA, ELEAZAR ENRIQUE BELTRAN PARRA, JONH FRANK FARIAS GONZALEZ, EDGAR ALEXANDER VERACIERTA SILVA, LUIS ALFREDO CHAGUAN ROJAS, RAFAEL ENRIQUE SILVA ZACARIAS, JESUS ENRIQUE GONZALEZ ROSALES, RAFAEL ENRIQUE SURGA AGUILARTE, DANIEL ANTONIO CASTRO ROSALES, JEAN CARLOS GONZALEZ MARQUEZ, LUIGUI JOSE SARRAMEDA VELASQUEZ, CARLOS ALBERTO AGUACHE RIVERO, JOSE ANTONIO SARABIA VELASQUEZ, KLEVER JOSE GONZALEZ, DAISMAR JOSE SALAZAR, SANDOR GILBERTO MANZANO NUÑEZ, MIGUEL EDUARDO CAGUANA MARQUEZ, LEONEL JOSE GONZALEZ CHIRA y JACLYN BERENICE GUAINA BRITO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad nros. 11.421.524, 4.453.438, 8.246.180, 16.718.368, 15.514.460, 16.797.380, 10.293.408, 11.416.671, 18.765.273, 17.411.876, 17.411.061, 20.342.535, 23.468.383, 16.853.339, 13.691.762, 11.909.077, 19.854.181, 20.054.800, 16.925.006 y 15.051.825, respectivamente, en contra del Grupo de Sociedades y Unidad Económica, empresas DROGAS VENEZUELA, S.A., (DROVENSA), SUMINISTROS FARMACEUTICOS, C.A., (SUFARMA) e INVERSIONES PARIA, S.A., (INVERPASA, habiendo correspondido por efecto de la doble vuelta la causa, a este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui. Se anunció el acto a las puertas del Tribunal conforme a la ley, compareciendo el abogado en ejercicio MIGUEL LIZARDO OLIVEROS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el nro. 36.462, apoderado judicial de los demandantes, cualidad que se verifica de instrumento poder cursante en los folios 73 al 75 de la primera pieza del expediente. Se deja constancia que la parte accionada no compareció ni por medio de representante legal, judicial o estatutario. No obstante, por cuanto el Tribunal observa que existe disparidad entre en la hora fijada por el Tribunal sustanciador para la audiencia, pues en el auto de admisión cursante en el folio 395 de la primera pieza del expediente, se señaló que el acto se celebraría a las 10:00 de la mañana y en el cartel de notificación publicado por prensa, cursante en el folio 03 de la segunda pieza de la causa, se estableció que el acto sería a las 9:00 de la mañana, lo cual genera a todas luces incerteza para las partes, en cuanto a la oportunidad en que debía llevarse a cabo dicha audiencia, razón suficiente para que este juzgado, en tutela de los principios constitucionales como son el derecho a la defensa, debido proceso y certeza jurídica de los actos, se abstenga de celebrar la instalación de la audiencia preliminar, por lo que fija nueva oportunidad para que tenga lugar la tan mencionada audiencia preliminar para el décimo (10º) día de despacho siguiente a la presente fecha a las 10:00 de la mañana, oportunidad en la cual deberán comparecer las partes en forma obligatoria, así también deberán presentar sus respectivas pruebas, caso contrario, la incomparecencia acarreará las consecuencias jurídicas a que haya lugar, de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El Tribunal se abstiene de notificar a las partes por cuanto considera que las mismas se encuentran a derecho. Siendo las 10:06 de la mañana se cierra este acto. Se hacen dos ejemplares de esta acta, uno para el expediente y otro destinado al copiador de audiencias llevado por este Juzgado. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de esta decisión. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza Temporal,
Abg. Analy Silvera
El apoderado de la demandada,
Abg. Miguel Lizardo Oliveros
La Secretaria,
Abg. Elaine Quijada
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