REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio Nº 03 de Barcelona

Barcelona, 12 de Julio de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2011-002119
ASUNTO : BP01-P-2011-002119

Previa revisión de las actuaciones se evidencia que en contra del acusado FREDDY RAFAEL ARMAS DURAN, titular de la cédula de identidad número 8.268.083, se le sigue ante el Tribunal de Juicio Nº 04 de este mismo Circuito Judicial Penal, la causa penal Nº BP01-P-2010-005131, por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO, previsto y sancionado en el articulo 470 del Código Penal, y adicionalmente la presunta comisión del delito ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 458 eiusdem, en perjuicio del ciudadano JUAN DE JESUS ROMERO; la cual actualmente se encuentra para la celebración del acto Juicio Oral y Publico y a los fines de garantizar las resultas del Proceso y conforme al artículo 72 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado en virtud de la prevención, que en el presente caso corresponde al Tribunal de la causa más antigua, es decir, la causa BP01-P-2010-005131 cuya jurisdicción corresponde al Tribunal de Juicio Nº 04, y en aplicación del artículo 73 Ejusdem, referida a la Unidad de Proceso.

Es por lo que en consecuencia este Tribunal en Función de Juicio Nº 03 acuerda PRIMERO: Conforme a los artículos 72 y 73 del Código Orgánico Procesal Penal, Declinar la Competencia por Delitos Conexos de la causa Nº BP01-P-2011-00219, seguida contra el acusado FREDDY RAFAEL ARMAS DURAN, titular de la cédula de identidad número 8.268.083, por la comisión del delito de FUGA DE DETENIDO, previsto y sancionado en el artículo 258, del Código Penal, en perjuicio de LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, al Tribunal de Juicio Nº 04 de este Circuito Judicial Penal, para su debida acumulación en la causa Nº BP01-P-2010-005131. SEGUNDO: Notifíquese a la Fiscal Vigésima del Ministerio público y la defensora Pública. Cúmplase.-
EL JUEZ DE JUICIO Nº 03


DR. FRANCISCO CABRERA



EL SECRETARIO

ABG. LUIS RENE PEREZ