REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, nueve de julio de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: BP02-F-2012-000024
Vista la diligencia de fecha 03 de julio de 2012, suscrita por la ciudadana YASMIN DEL CARMEN QUILARQUEZ ZABALETA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 16.254.693, asistida por el abogado Domingo Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 39.689, mediante la cual desiste del procedimiento y solicita la devolución del Acta de Matrimonio; este Tribunal, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, en la mismos términos y condiciones por ella expresado en dicha diligencia, ordenándose proceder como en Sentencia pasada, en Autoridad de cosa juzgada, conforme a lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se ordena el desglose del original cursante a los folios 4 y 5 Vto., previa su certificación en autos. Se da por terminado el presente juicio, y se ordena el archivo del expediente. Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
El Juez Temporal,
Abog. Alfredo José Peña.
La Secretaria,
Abog. Judith Moreno Sabino.
Se requieren fotostatos para proveer. Conste.-
La Secretaria,
Abog. Judith Moreno Sabino.
/Aura H.-
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