REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiséis de julio de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: BP02-L-2012-000469
SENTENCIA
PARTE ACTORA: JORGE LUIS MORILLO VILLALBA, titular de la Cedula de Identidad Nro. 20.341.087.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: No presentò.
PARTE DEMANDADA: SUPERLIM C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: El abogado MANUEL GUILLERMO TOLEDO,, I.P.S.A, Nº 39.272
MOTIVO: CALIFICACIÒN DE DESPIDO.
Hoy, veintiseis (26) de Julio del 2012, siendo las nueve (09:00 a.m.) de la mañana, día y hora fijado para que tenga lugar la apertura de la Audiencia Preliminar, por CALIFICACION DE DESPIDO, se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, solo se presentò el apoderado judicial de la demandada, abogado MANUEL GUILLERMO TOLEDO,, I.P.S.A, Nº 39.272, según poder que se presentó en este acto para los efectos de la certificación. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 ° y 202°.
El Juez
Abg. Angel Parra Gutiérrez
Apoderado Judicial de la Demandada,
La Secretaria
Abg.Argelis Milagro Rodríguez.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 10:15 a.m. Conste.
La Secretaria
Abg. Argelia Milagro Rodríguez.
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