REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, nueve de julio de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: BP02-L-2012-000518


SENTENCIA

Visto el escrito presentado, en fecha 6 de Julio del presente año 2012, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documento de este Circuito Judicial de Barcelona, por parte del Ciudadano BOGART ENRIQUE GONZALEZ PACHECO, abogado en ejercicio, inscrito en el I. P. S. A Nº 52.193, actuando en nombre propio, titular de la Cedula de Identidad Nº 10.181.105, parte actora en la presente causa , en donde DESISTE del procedimiento por ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES en contra de la empresa CONSTRUCCIONES ROBICA, C.A : Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui con sede en Barcelona, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia por aplicación analógica del articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACION respectiva para darle el carácter de autoridad pasada en Cosa Juzgada. Se da por terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada, sellada y refrendada, el nueve (09) de Julio del dos mil doce (2012).
El Juez,


Abg. Ángel G. Parra


La Secretaria,

Abg. Argelia Milagro Rodriguez
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.
La Secretaria,


Abg. Argelia Milagro Rodríguez.