En el día de hoy, 26 de Julio de 2012, siendo las Diez y Diez minutos de la mañana (10:10 AM), se constituyó el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Simón Rodríguez, Guanipa y José Gregorio Monagas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en compañía del Apoderado Judicial de la parte ejecutante, Abogado JOSE RAFAEL MENDOZA, inscrito en el Inpreabogado el Nº 86.963, en la Calle Héctor Villegas cruce con Calle Nueva Esparta, Nº 30, Sector Casco Viejo de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, a los fines de llevar a la práctica la ENTREGA MATERIAL, decretada por el Juzgado del Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en esta ciudad de El Tigre, con motivo del Juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoado por la ciudadana: OLGA DE JESÚS ALCALA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-581.699, contra el ciudadano: ALFREDO ENRIQUE AGUILERA PIÑERO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.640.903.- Acto seguido, el Tribunal constituido en el sitio antes indicado, notifica de la presente medida y de la misión a cumplir, al ciudadano: ALFREDO ENRIQUE AGUILERA PIÑERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° v-2.640.903, en su carácter de demandado.- Igualmente el Tribunal notifica a las ciudadanas: YENIFER VENEZUELA PEÑA CAMPOS y ROSA ANGELA NARVAEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-14.120.362 y V-20.549.923 respectivamente, en su condición de Arrendatarias de dos (02) de los Apartamentos que se encuentran ubicados en la Segunda Planta del inmueble objeto de la presente medida, que por auto de fecha 09/07/2012, el Tribunal de la causa, vale decir, Juzgado del Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, decretó la Ejecución Forzosa sobre el inmueble objeto del presente Juicio, y en consecuencia, acordó la Entrega del mismo, a la parte demandante, ciudadana: OLGA DE JESÚS ALCALA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-581.699, en tal sentido, las referidas ciudadanas manifestaron al Tribunal, que tienen nueve (09) años y tres (03) meses respectivamente, ocupando dichos apartamentos, y que el tercer Apartamento que conforma el referido inmueble, también está ocupado por una familia conformada por cuatro (04) personas, quienes por razones laborales no se encuentran presentes.- En ese estado interviene el Apoderado Judicial de la parte ejecutante, Abogado JOSE RAFAEL MENDOZA, antes identificado, y expone: Solicito al Tribunal, se sirva hacer efectiva la Entrega Material de la Primera Planta del inmueble objeto de la presente medida, conformado por un (01) Local Comercial, ubicado en la Calle Héctor Villegas cruce con Calle Nueva Esparta, Nº 30, Sector Casco Viejo de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, circunscrito dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Calle Héctor Villegas, midiendo dieciocho metros con ochenta centímetros (18,80 Mts); SUR: Con Ramona Meza, midiendo dieciocho metros (18,00 Mts); ESTE: Con Ramón Garban, midiendo diecinueve metros (19,00 Mts); y OESTE: Con Calle Nueva Esparta, midiendo diecinueve metros con cuarenta centímetros (19,40 Mts), en virtud que el mismo se encuentra totalmente desocupado; y en relación a la Segunda Planta del inmueble objeto de la medida, distribuida de la siguiente manera: Tres (03) Apartamentos, dos (02) tipo estudio y uno de tres (03) habitaciones, se abstenga de hacer la entrega, por cuanto los Apartamentos que conforman dicha plata, se encuentran alquilados.- Seguidamente éste Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas, visto el señalamiento de la parte ejecutante, hace entrega formal, al Apoderado Judicial de la parte demandante, Abogado JOSE RAFAEL MENDOZA, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.914.998, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 86.963; de la Primera Planta del inmueble objeto de la presente medida, conformado por un (01) Local Comercial, ubicado en la Calle Héctor Villegas cruce con Calle Nueva Esparta, Nº 30, Sector Casco Viejo de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, circunscrito dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Calle Héctor Villegas, midiendo dieciocho metros con ochenta centímetros (18,80 Mts); SUR: Con Ramona Meza, midiendo dieciocho metros (18,00 Mts); ESTE: Con Ramón Garban, midiendo diecinueve metros (19,00 Mts); y OESTE: Con Calle Nueva Esparta, midiendo diecinueve metros con cuarenta centímetros (19,40 Mts), por cuanto se constató que el mismo se encuentra totalmente desocupado; y en lo que respecta a los Tres (03) Apartamentos ubicados en la segunda planta del inmueble antes descrito, dos tipo estudio y uno de tres habitaciones, éste Tribunal se ABSTIENE de hacer entrega de los mismos, en virtud que dichos inmuebles se encuentran ocupados, tal como lo ordena el Juzgado comitente, de conformidad con lo establecido en los Artículos 4 y 12 de la Ley Contra El Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas.- Acto seguido, interviene nuevamente el Apoderado Judicial de la parte ejecutante, Abogado JOSE RAFAEL MENDOZA, antes identificado, y expone: En nombre de mi representada, declaro recibir conforme el Local Comercial ubicado en la Primera Planta del inmueble, ubicado en la Calle Héctor Villegas cruce con Calle Nueva Esparta, Nº 30, Sector Casco Viejo, El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, totalmente desocupado y libre de personas y bienes.- Igualmente solicito al Tribunal Ejecutor, se sirva devolver la presente Comisión cumplida al Juzgado comitente. Es todo.- Finalmente el Tribunal, visto lo solicitado por la parte ejecutante, lo acuerda de conformidad. Es todo.- Siendo las Once y Treinta minutos de la mañana (11:30 AM), el Tribunal declara cumplida su misión y acuerda el regreso a su sede
natural. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. PEDRO LUIS FERMIN
EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE EJECUTANTE
EL NOTIFICADO-DEMANDADO LAS ARRENDATARIAS
EL ALGUACIL LA SECRETARIA
COMISION: BP12-V-2012-000372
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-V-2010-000733
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