REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre
El Tigre, diecisiete de julio de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-V-2012-000254
ASUNTO: BP12-V-2012-000254


Vista diligencia de fecha 11 de Julio de 2012, suscrita por la ciudadana JANET BERMUDEZ OLIVEROS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.921.379, Fiscal Duodécimo Del Ministerio Publico De La Circunscripción Judicial Del Estado Anzoátegui, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 177 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, mediante la cual el ciudadano JOSE RAMON VIDAL MAITAN, solicita el desistimiento de la demanda de PRIVACIÓN DE CUSTODIA Y RESPONSABILIDAD DE CRIANZA relacionada con el niño (xxx), la cual se admitió en fecha 23 de Mayo de 2012, por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre y visto que la parte actora antes mencionada, presenta comunicado mediante diligencia, declarando que DESISTE, tanto del procedimiento y de la acción de la presente demanda.
El Tribunal para decidir observa:
Constatadas de las actuaciones cursantes en autos, que la parte que formula el DESISTIMIENTO, tiene legitimación procesal y no existiendo prohibición legal sobre esta materia, ello es suficiente para darle su aprobación este Tribunal.
Por las razones expuestas este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena la HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO formulado por la parte actora y procédase como sentencia pasada con autoridad de Cosa Juzgada conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano.-
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
DADA, FIRMADA Y SELLADA en la sala del despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión Tigre, a los diecisiete (17) días del mes de Julio de 2.012
LA JUEZA,


ABG. FARAH MELISSA AZOCAR
LA SECRETARIA, ACC


ABG. MARIANA LLAVANERAS

En la misma fecha, se dictó y publicó la anterior sentencia conste.-

LA SECRETARIA, ACC


ABG. MARIANA LLAVANERAS