REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui
Barcelona, 25 de Junio de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2011-008506
ASUNTO : BK01-X-2012-000006

PONENTE: Dra. CARMEN B. GUARATA


Vista la Recusación planteada en fecha 11 de Junio de 2012, por los Abogados: HÉCTOR ANTONIO ARANGUREN CARRERO y RICARDO RAFAEL REYES RINCÓN, en su carácter de Apoderados Judiciales de las ciudadanas JALOUSEI FONDACCI DE GAMARRA y SOLANGEL DEL VALLE ALVAREZ DE RENDON, contra el Juez de Control Nº 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Dr. SALIM ABOUD NASSER, con fundamento en el artículo 86 Ordinales 4º, 5º y 8º del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, este Tribunal Colegiado Declara Admisible la Recusación y las pruebas promovidas por los recusantes relativas a: 1º) Las solicitudes de traslado que formulo la querellante JALOUSEI FONDACCI DE GAMARRA a la Medicatura Forense, frente a los informes médicos respectivos que recomendaban el necesario y urgente tratamiento médico de la querellante, específicamente los que indicaban la intervención quirúrgica. 2º) Las negativas y baladíes argucias que esgrimió en el pasado para impedir el examen médico de la querellante JALOUSEI FONDACCI DE GAMARRA las cuales propiciaron y determinaron el agravamiento de sus dolencias físicas y la aparición de otras más lesivas. 3º) Dos (02) pretensiones de Amparo Constitucional incoadas por la querellante JALOUSEI FONDACCI DE GAMARRA, donde aparece señalado el actual Juez Séptimo (7º) de Control cuando ocupaba el cargo de Juez Primero (1º) de Juicio con el carácter de AGRAVIANTE de los derechos y garantías constitucionales de la quejosa y en la actualidad querellante, en el expediente Nº BP01-P-2009-3808. 4º) Denuncias formuladas por la querellante JALOUSEI FONDACCI DE GAMARRA, en el expediente BP01-P-2009-3808, por ante la Defensoría del Pueblo, Fiscalía General de la República y Dirección Ejecutiva de la Magistratura, en relación a las solicitudes de traslados a otro sitio de reclusión. 5º) Recusación de fecha 11/6/10, donde sindican al Juez recurrido de enemistad manifiesta contra la querellante JALOUSIE FONDACCI DE GAMARRA. (Anexos: Ay B), de conformidad con el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal.
LAS JUEZAS INTEGRANTES DE ESTA CORTE DE APELACIONES
LA JUEZA PRESIDENTA


DRA. LINDA FERNANDA SILVA

LA JUEZA SUPERIOR y PONENTE LA JUEZA SUPERIOR


DRA. CARMEN B. GUARATA DRA. MAGALY BRADY URBAEZ

LA SECRETARIA


ABOG. AHIDE PADRINO