REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio Nº 03 de Barcelona. Estado Anzoátegui

Barcelona, 05 de Junio de 2012
154º y 200º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2007-001709
ASUNTO : BP01-P-2007-001709

Visto el escrito presentado por la Abogada JASMINE AVILA MIRABAL, Defensora Pública Primera Penal adscrita a la Unidad de la Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre y representación del acusado GERMAN AALBERTO HERRERA, mediante el cual solicita le sea extendido el lapso de presentaciones que tiene de cada treinta (30) días, alegando que su representado ha cumplido puntualmente sus presentaciones y se encuentra en delicado estado de salud y va a ser operado de nefrectomía parcial derecha en el Centro Medico de Caracas, y es por lo que solicita la extensión de las presentaciones a un tiempo prudencial para que el mismo no viaje durante el tiempo de reposo.-

Este Tribunal a los fines de decidir sobre el pedimento interpuesto por la Abogada JASMINE AVILA MIRABAL, Defensora Pública Primera Penal del acusado GERMAN AALBERTO HERRERA,, observa:

Se evidencia de la revisión de las actuaciones contenidas en la presente causa y a través del Sistema JURIS 2000, que al acusado: GERMAN AALBERTO HERRERA, en fecha 03-05-2007, le fueron decretadas medidas cautelares sustitutiva de libertad al citado acusado, entre las cuales esta la prevista en el numeral 3º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentación periódica cada treinta (30) días por ante la Oficina de Alguacilazgo.-

Asimismo se desprende de autos, que el acusado ha cumplido con el régimen de presentaciones.-

Por otro lado, se observa del comportamiento del acusado que desde que se encuentra en libertad, se ha mantenido sometido a la prosecución penal, que se sigue en su contra no interrumpiendo la continuidad del proceso, no obstante es importante aclararle tanto a la peticionante como a su representado, que esa, es la conducta esperada que debe asumir el procesado, es decir, esa es su obligación, cumplir puntualmente las obligaciones que le son impuestas, no siendo este en si mismo, una causa para la revisión y/o sustitución de la medida, ya que es el comportamiento debido.

Pero es el caso que la defensa informa que su representado debía ser sometido a una intervención quirúrgica en la Ciudad de Caracas, y consigna recaudos relacionados con la patología del acusado, para soportar y fundamentar su petición, donde se evidencia que el acusado GERMAN AALBERTO HERRERA, presenta problemas de salud, es por lo que considera este Tribunal que lo mas apropiado, tomando en cuenta que la intervención ya debe haberse realizado, es declarar sin lugar el pedimento formulado y en su lugar exhortar a la Defensa a consignar constancia medica de la operación y del reposo respectivo.- Y así se decide.

Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la Abogada JASMINE AVILA MIRABAL, Defensora Pública Primera Penal adscrita a la Unidad de la Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre y representación del acusado GERMAN AALBERTO HERRERA, mediante el cual solicita le sea extendido el lapso de presentaciones que tiene de cada treinta (30) días, alegando que su representado ha cumplido puntualmente sus presentaciones y se encuentra en delicado estado de salud y va a ser operado de nefrectomía parcial derecha en el Centro Medico de Caracas, y en su lugar exhortar a la Defensa a consignar constancia medica de la operación y del reposo respectivo.- Notifíquese la Defensa y a la Fiscalía.- Cúmplase.
EL JUEZ DE JUICIO Nº 03

DR. FRANCISCO J. CABRERA

LA SECRETARIA

DRA. YESICA CALU