REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciaciòn de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoategui extensión El Tigre
El Tigre, once de junio de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2006-000947
SOLICITANTE: EFREY MORONTA
BENEFICIARIO: (xxx)
Vista diligencia de fecha 06 de junio de 2012, suscrita por el ciudadano EFREY RAFAEL MORONTA, parte actora de la presente causa, asistido en este acto por el abogado WILFREDO CASTRO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 44.863, solicitando el desistimiento de la demanda de CAUSA DE CONSIGNACION VOLUNTARIA, en donde se Admitió en fecha 28 de marzo de 2012, por este Tribunal extinto de Primera de Protección del Niño, Niña y el Adolescente de esta Circunscripción Judicial y visto que la parte actora antes mencionada, presenta comunicado mediante diligencia, declarando que DESISTE, tanto del procedimiento y de la acción de la presente demanda.
El Tribunal para decidir observa:
Constatadas de las actuaciones cursante en autos, que la parte que formula el DESISTIMIENTO, tiene legitimación procesal y no existiendo prohibición legal sobre esta materia, ello es suficiente para darle su aprobación este Tribunal.
Por las razones expuestas este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena la HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO formulado por la parte actora y procédase como sentencia pasada con autoridad de Cosa Juzgada conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, Así mismo se acuerda la devolución del acta de nacimiento previa certificación en auto.- En tal sentido y por cuanto se evidencia que en la presente causa se encuentra depositado la cantidad de dinero consignada por el solicitante y la misma no fuer retirada por la beneficiaria se acuerda la entrega de la misma al ciudadano EFREY RAFAEL MORONTA, portador del documento de identidad Nº V5.986.079.-
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
DADA, FIRMADA Y SELLADA en la sala del despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión Tigre, a los once (11) días del mes de Junio de 2.012

LA JUEZA,


ABG. FARAH MELISSA AZOCAR.
LA SECRETARIA

ABOG. LIZONY PERDOMO