REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 26 de marzo de 2012
201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: BP01-P-2012-001723

Visto el escrito presentado por el DR. ANGEL JOSE ROJAS PEROZA, actuando con el carácter de Fiscal 6º del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual solicita conforme al artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDEN DE APREHENSION en contra del ciudadano YOSIMAR CELESTINO HERNANDEZ MARTINEZ, apodado “EL JHOSEP), venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad Nº 18.567.801, residenciado en la calle Concordia, casa S/N, Barrio Colombia, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR HABERLO COMETIDO CON ALEVOSIA, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1º del Código Penal Vigente, cometido en perjuicio de JOSE FRANCISCO CARPINTERO MARIN (OCCISO), en consecuencia, este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, por encontrarse de guardia, a los fines de decidir sobre dicha solicitud observa:

I
LOS HECHOS
El día 23 de enero de 2011, siendo aproximadamente las 03:30 de la mañana, la victima de autos JOSE FRANCISCO CARPINTERO MARIN, se encontraba en la tasca ubicada en el Colegio de Abogados de la ciudad de Barcelona, Estado Anzoátegui, en compañía de familiares y amigos, cuando iban a cerrar dicha tasca a eso de las 05:30 de la mañana, surgió una discusión entre la víctima y varios sujetos desconocidos, donde el investigado de autos, YOSIMAR CELESTINO HERNANDEZ MARTINEZ, apodado “EL JHOSEP”, sacó a relucir un arma de fuego y le efectuó un disparo a la víctima en el ojo izquierdo, causándole la muerte en forma instantánea, posteriormente dicho sujeto se dio a la fuga.
II
DE LOS ELEMENTOS DE CONVICCIÓN

Iniciada la investigación, se lograron recabar los siguientes elementos que a continuación se mencionan:

Cursa TRANSCRIPCION DE NOVEDAD, de fecha 23-01-2011, suscrita por el Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalisticas, Sub-Delegación Barcelona, Estado Anzoátegui, en la cual deja constancia de lo siguiente: “Se recibe la misma de parte del centralista de guardia la Policía del Estado, informando que en la a venida Country Club, específicamente dentro del local Tasca Colegio de Abogados de esta ciudad, se encuentra el cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino presentando heridas producidas por armas de fuego desconociendo mas detalles al respecto.

• ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 24-01-2011, suscrita por los funcionarios AGENTES IRAN MATA, ARMANDO ROJAS Y JHONATHAN ZURITA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Delegación Barcelona

• INSPECCION TECNICA POLICIAL Nº 228, de fecha 24-01-2011, suscrita por los funcionarios AGENTES IRAN MATA, ARMANDO ROJAS Y JHONATHAN ZURITA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Delegación Barcelona.

• INSPECCION TECNICA POLICIAL Nº 229, de fecha 24-01-2011, suscrita por los funcionarios AGENTES IRAN MATA, ARMANDO ROJAS Y JHONATHAN ZURITA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Delegación Barcelona.

• ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 23-01-2011, tomada al ciudadano ALFONZO RAFAEL LOPEZ.

• ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 24-01-2011, tomada a la ciudadana DORA CARVAJAL GASCON.

• ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 24-01-2011, tomada al ciudadano GREGORIS ANDRES DUARTE CARPINTERO.

• ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 24-01-2011, tomada a la ciudadana LISIVER JOSEFINA SOTO PRIMERA.

• ACTA DE ENTREVISTA, tomada a la ciudadana MARIA ALEJANDRA GUZMAN MALAVE.

• ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 24-01-2011, tomada al ciudadano JOSE RAMOS ABAD.

• ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 26-01-2011, tomada al ciudadano ORLANDO JOSE GUTIERREZ SILVA.

• ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 27-01-2011, tomada al ciudadano BRAYAN JOSE URBINA HERNANDEZ.

• PROTOCOLO DE AUTOPSIA Nº 09700-139-061-2011, de fecha 23-01-2011, practicada por la Médico Anatomopatólogo forense YOLANDA MORA DE TOVAR, adscrita a la Medicatura Forense de Barcelona, a la víctima del presente caso, JOSE FRANCISCO CARPINTERO MARIN.

• REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA Nº 62, de fecha 02-02-2011.

• EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TECNICO LEGAL Nº 69, de fecha 02-02-2011.

• ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 02-02-2011, suscrita por los funcionarios AGENTES NEOMAR RENGEL y MIGUEL ANGULO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Delegación Barcelona.

Por lo que resulta acreditada la existencia de un hecho punible de acción pública que merece pena privativa de libertad y cuya acción penal no está evidentemente prescrita, así como suficientes elementos de convicción para estimar que el ciudadano YOSIMAR CELESTINO HERNANDEZ MARTINEZ, apodado “EL JHOSEP”, venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad Nº 18.567.801, residenciado en la calle Concordia, casa S/N, Barrio Colombia, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR HABERLO COMETIDO CON ALEVOSIA, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1º del Código Penal Vigente, cometido en perjuicio de JOSE FRANCISCO CARPINTERO MARIN (OCCISO), y como quiera que en el presente caso existe peligro de fuga u obstaculización en la búsqueda de la verdad, por la magnitud del delito, y llenos los extremos de los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que considera este Juzgado de Control DECRETAR ORDEN DE APREHENSION en contra de los mismos. Y ASÍ SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano YOSIMAR CELESTINO HERNANDEZ MARTINEZ, apodado “EL JHOSEP”, venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad Nº 18.567.801, residenciado en la calle Concordia, casa S/N, Barrio Colombia, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR HABERLO COMETIDO CON ALEVOSIA, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1º del Código Penal Vigente, cometido en perjuicio de JOSE FRANCISCO CARPINTERO MARIN (OCCISO), de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese orden de captura y oficio correspondiente al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Delegación Puerto la Cruz, con el objeto de que practique la captura de los referidos ciudadanos y una vez dado estricto cumplimiento y lograda la captura del mismo, se servirá dejarlo recluido en la Comandancia General de la Policía del Estado Anzoátegui, a la orden de este Tribunal, a quién se permitirá notificar con carácter URGENTE. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL Nº 06 DE GUARDIA,

DR. NELSON ANTONIO MEJIAS RODRIGUEZ
EL SECRETARIO,

ABOG. LUIS PEREZ