REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE BARCELONA, ESTADO ANZOATEGUI
Barcelona, 08 de Marzo de 2012
201º y 152º
CAUSA: BP01-P-2011-009135
Revisadas y analizadas como han sido las actas que conforman la presente causa y vista la solicitud planteada por la Defensora Publica Penal, DRA JUANA MARIA PADRINO MAIGUA, del Imputado: FELIX MANUEL PARICA GARCIA, titular de la cédula de identidad Nº V. 18.569.355.
Ahora bien, visto que del cuerpo vivo del expediente se desprende que el precitado imputado, ha cumplido cabalmente y puntualmente con la medida impuesta por éste Juzgado de presentación cada QUINCE (15) días, es por ello que de conformidad con el artículo 264 Código Orgánico Procesal Penal y 49 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, SE ACUERDA, otorgarle al Imputado: FELIX MANUEL PARICA GARCIA, titulare de la cédula de identidad Nº V-18.569.355, la Extensión de sus presentaciones es cada CUARENTA Y CINCO (45) DIAS, por ante la Oficina del Alguacilazgo de Este Circuito Judicial Penal y en consecuencia acuerda mantener dicha medida. Y ASÍ SE DECLARA.
DISPOSITIVA:
Por lo antes expuesto este Juzgado Sexto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de Barcelona y administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad en lo establecido con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal y 49 de la Constitución Bolivariana de la República de Venezuela, declara CON LUGAR, la Extensión de sus presentaciones cada: CUARENTA Y CINCO (45) DIAS, por ante la oficina del Alguacilazgo de este Tribunal, y en consecuencia acuerda mantener dicha medida, ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 244 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y NOTIFIQUESE.
EL JUEZ TITULAR SEXTO DE CONTROL,
DR. JORGE LUIS GAVIRIA LINARES.
ABG. JENNIFER GOMEZ,
LA SECRETARIA