REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de marzo de dos mil doce
201º y 153º

ASUNTO: BP02-F-2011-000123

En horas de despacho del día de hoy, trece (13) de marzo del año dos mil doce (2012), a las 10:30 a.m, siendo fecha y hora previamente fijados para que tenga lugar el primer acto conciliatorio en la presente causa de divorcio intentada por el ciudadano Oswaldo José Marval Rojas contra la ciudadana Egly Vidalina Maraima; se abre el acto previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal por parte del Alguacil y por cuanto no compareció persona alguna, el Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, declara EXTINGUIDO el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente.-
EL JUEZ PROVISORIO,


Abg. JESÚS S. GUTIERREZ D.
LA SECRETARIA,


Abg. MIRLA MATA ROJAS