REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis de marzo de dos mil doce
201º y 153º
ASUNTO: BP02-V-2012-000231.-
Vista la diligencia de fecha cinco (05) de marzo del presente año, suscrita por el abogado EDULFO RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 78.290, en su carácter de Coapoderado Judicial de la ciudadana NEIDA LISBETH FREITES ALVARADO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 10.862.979, y el DESISTIMIENTO suscrito en dicha diligencia, este Tribunal HOMOLOGA el DESISTIMIENTO en los mismos términos por el expuesto, y lo toma como Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Así se decide. Asimismo se le informa a la parte solicitante que no se le puede ordenar la devolución del libelo de la demanda por cuanto el mismo forma parte del expediente. Igualmente visto lo solicitado por el abogado Domingo Rodríguez, apoderado judicial del Instituto Universitario de Tecnología Antonio José de Sucre, mediante diligencia de esta misma fecha en la cual solicita copias certificadas de todo el expediente, este Tribunal acuerda de conformidad, en consecuencia ordena expedir copia certificada solamente del libelo de la demanda, de los autos de fecha 02/03/2012, y del escrito presentado en fecha 05/03/2012, en virtud que los demás recaudos que acompañan al libelo de la demanda son copias simples.-
La Juez Provisorio,
Dra. Helen Palacio García
La Secretaria,
Abg. Marieugelys García Capella
|