REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, diecinueve de marzo de dos mil doce
201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2012-000347
ASUNTO: BP12-S-2012-000347

Vista la solicitud de Copias Certificadas de Titulo Supletorio, presentada por la ciudadana CAROLYN JOSEFINA PEREIRA, mayor de edad, soltera de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. 5.471.882, plenamente identificada en autos, debidamente asistida por la Abogada ZAHORÍ MAGO RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el nro. 66.658, este Tribunal a fines de proveer observa:
El artículo 111 del Código de Procedimiento Civil, establece que: “Las copias certificadas expedidas por el Secretario conforme a lo dispuesto en el artículo siguiente, hacen fe, salvo a la parte interesada el derecho de exigir su confrontación con el original.” (Subrayado del Tribunal).-
Por cuanto anexo a la solicitud cursa copia fotostática de Titulo Supletorio emitido por este Tribunal en fecha 05 de marzo de 2002, cuya certificación por la secretaria de este Juzgado es solicitada, y en virtud de la norma antes referida, se desprende que no le es permitido al Tribunal certificar copias simples, sin la previa confrontación con su original; es por lo que se NIEGA lo peticionado por la solicitante y así se decide.-
LA JUEZA,

DRA. LUZ ZORAYA ARREAZA.

LA SECRETARIA,

ABG. MARIANELA QUIJADA ESTABA.

LZA/mqe