SENTENCIA INTERLOCUTORIA
CON FUERZA DE DEFINITIVA
30/03/2012 09:35:46 a.m.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo del Municipio Simon Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta de marzo de dos mil doce
201º y 153º

ASUNTO: BP02-S-2012-000320

PARTE SOLICITANTE Ciudadana LUISA ELOINA GARCIA ZAMBRANO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 13.165.061, de este domicilio.

ABOGADO ASISTENTE DE LA
PARTE SOLICITANTE Ciudadano RODOLFO JOSE GARCIA ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad número 15.192.617, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 175.023.

MOTIVO SOLICITUD DE DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.


MATERIA CIVIL- FAMILIA

Como consecuencia de la entrada en vigencia de la Resolución Nº. 2009- 0006, de fecha 18 de marzo de 2009, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº. 39.152, de fecha 02 de abril de 2009, la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil- Barcelona, procedió a la distribución del presente Asunto, correspondiendo a este Tribunal; a fin de emitir pronunciamiento sobre la solicitud en comento, lo hace de la manera siguiente:
I
Vista la solicitud de Titulo de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana LUISA ELOINA GARCIA ZAMBRANO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 13.165.061, de este domicilio, debidamente asistida por el ciudadano RODOLFO JOSE GARCIA ZAMBRANO ,venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad número 15.192.617, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 175.023, mediante la cual alega que en fecha 24 de noviembre de 2011,falleció su cónyuge, quien llevaba por nombre CARLOS RAFAEL ZACARIAS VELASQUEZ, portador de la cédula de identidad Nro. 10. 292. 745, conforme consta de Acta de defunción acompañada a la solicitud, dejando como únicos y universales herederos a su persona y a sus hijos, ciudadanos CARLOS ELIAS ZACARIAS FALAO, FRANKLIN RAFAEL ZACARIAS LARES, MERYURI JAKELINE ZACARIAS LAREZ Y JOSE ANTONIO ZACARIAS GARCIA, titulares de las cédulas de identidad Nros.19.611.524, 20.341.638, 22.844.735 y 24. 947,130 respectivamente. Motivo por el cual pide a este Tribunal que, previo interrogatorio de testigos que oportunamente presentara y de la documentación acompañada a la solicitud, los declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de quien en vida se llamara CARLOS RAFAEL ZACARIAS VELASQUEZ, portador de la cédula de identidad Nro. 10.292.745, fallecido AB- Intestado en fecha 24 DE NOVIEMBRE DE 2011.
Al escrito que contiene la solicitud bajo examen, la ciudadana LUISA ELOINA GARCIA ZAMBRANO, acompañó la siguiente documentación:
1. CERTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION, de quien en vida se llamara CARLOS RAFAEL ZACARIAS VELASQUEZ, inserta bajo el Nro. 837,,TOMO 05, FOLIO 087, AÑO 2011, correspondiente la Parroquia El Carmen, de Registro de Defunciones, del Municipio Simón Bolívar ,del estado Anzoátegui, donde el Funcionario o Funcionaria encargado o encargada de asentar el Acta, inscribió que Carlos Rafael Zacarías Velázquez, quien nació en fecha 13 de agosto de 1967, en la ciudad de Barcelona, Estado Anzoátegui, documento de identidad N°.V-10.292.745, de 44 años , de ocupación Operador de máquina, de nacionalidad venezolana,, falleció en fecha 24 de noviembre de 2011, en Barcelona, Parroquia El Carmen, Municipio Simón Bolívar, estado Anzoátegui. CONYUGE: LUISA ELOINA GARCIA ZAMBRANO. DESCENDIENTES CARLOS ELIAS ZACARIAS PALAO, FRANKLIN RAFAEL ZACARIAS LAREZ, MEYURI JAKELINE ZACARIAS GARCIA y JOSE ANTONIO ZACARIAS GARCIA, documentos de identidad Nros. V- 19.611.524, V- 20.341. 638, V- 22.844.735 y V- 24.947.130, respectivamente.
2. CERTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO, celebrado entre CARLOS RAFAEL ZACARIAS VELASQUEZ y LUISA ELOISA GARCIA ZAMBRANO, en fecha 1° de febrero de 1991, por ante la Prefectura del Municipio Bolívar, del estado Anzoátegui.
3. CERTIFICACIONES DE ACTAS DE NACIMIENTO, correspondientes a CARLOS ELIAS ZACARIAS PALAO, hijo de Carlos Rafael Zacarías Velásquez y Oneida del Valle Palao; FRANKLIN RAFAEL ZACARIAS LAREZ, hijo de Carlos Rafael Zacarías Velásquez y de Milagros del Valle Larez; MEYURI JAKELINE ZACARIAS LAREZ, hija de Carlos Rafael Zacarías Velásquez y de Milagros del Valle Larez; JOSE ANTONIO ZACARIAS GARCIA, hijo de Carlos Rafael Zacarías Velásquez y de Luisa Eloina García de Zacarías.
II
Por auto de fecha 05 de marzo de 2012, este Tribunal admite
la solicitud en referencia y fija oportunidad para tomarle declaración a los testigos que presentara la ciudadana LUISA ELOISA GARCIA ZAMBRANO. En fecha 23 de marzo de 2012, comparecieron ante este Tribunal con la finalidad de rendir declaración, los ciudadanos LIBRADA JOSEFINA SUAREZ y BLADIMIR RICHARD MILLAN, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las Cédulas de Identidad Nros, V- 14.858.491 y V-15.035.286, respectivamente, quienes bajo juramento, declararon que , conocieron de vista, trato y comunicación a quien en vida se llamara CARLOS RAFAEL ZACARIAS VELASQUEZ. Que les consta que el hoy De Cujus, procreo 04 hijos. Que les consta que el ciudadano CARLOS RAFAEL ZACARIAS VELASQUEZ, en vida un hijo con la ciudadana LUISA ELOINA GARCIA ZAMBRANO, quien lleva por nombre JOSE ANTONIO ZACARIAS GARCIA, titular de la cedula de identidad Nro. 24. 947. 130. Que les consta que la ciudadana LUISA ELOINA GARCIA ZAMBRANO y los hijos de su difunto cónyuge, CARLOS ELIAS ZACARIAS PALAO; FRANKLIN RAFAEL ZACARIAS LAREZ; MEYURI JAKELINE ZACARIAS LAREZ; JOSE ANTONIO ZACARIAS GARCIA, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.165.061, 19.611.524, 20.341.638, 22.844.735 y 24. 947,130 respectivamente, son los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de quien en vida se llamara CARLOS RAFAEL ZACARIAS VELASQUEZ.
III
En razón de la documentación aportada con la solicitud en referencia, y de las declaraciones rendidas bajo juramento por los ciudadanos antes mencionados, este Tribunal, declara las presentes actuaciones suficientes Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los ciudadanos LUISA ELOINA GARCIA ZAMBRANO y los hijos de su difunto cónyuge, CARLOS ELIAS ZACARIAS PALAO; FRANKLIN RAFAEL ZACARIAS LAREZ; MEYURI JAKELINE ZACARIAS LAREZ; JOSE ANTONIO ZACARIAS GARCIA, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.165.061, 19.611.524, 20.341.638, 22.844.735 y 24. 947,130 respectivamente, de este domicilio, sus condiciones de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus CARLOS RAFAEL ZACARIAS VELASQUEZ, quien en vida era de nacionalidad venezolana, mayor de edad, portador de las cédula de identidad N° 10. 292. 745, quien falleció en fecha 24 de noviembre de 2011.
.Quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
Hágase entrega a la parte interesada de las presentes actuaciones en original. Así se decide.
A los fines establecidos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, déjese copia certificada de la presente decisión.
Se deja expresa constancia que la competencia de este Tribunal de Municipio para conocer sobre el Asunto en comento, le fue atribuida mediante Resolución Nº. 2009- 0006, de fecha 18 de marzo de 2009, en su artículo 3, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº. 39.152, de fecha 02 de abril de 2009.
Publíquese. Regístrese. Agréguese a los autos.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar, del estado Anzoátegui, en la ciudad de Barcelona, a los treinta (30) días del mes marzo de dos mil doce (2012). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
La Juez Provisorio,
Abog. María Eugenia Pérez


La Secretaria,

Abog. Carmen Calma



ASUNTO: BP02-S-2012-000320