REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, diecinueve de marzo de dos mil doce
201º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2012-000098
ASUNTO: BP12-S-2012-000098
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por el ciudadano LUIS ALBERTO SARMIENTO PARRAGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula N° V-4.002.935 y domiciliado en El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, debidamente asistido por el Abogado LUIS ENRIQUE SOLORZANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 36.466, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a sus expensa propias con dinero de su propio peculio, en una parcela de terreno propiedad Municipal, que mide Ochocientos metros Cuadrados (800 mts2); ubicada en la Avenida Dos del Sector Los Chaguaramos de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, la cual se encuentra comprendida dentro de las siguientes linderos y medidas: NORTE: Parcela N° 57; SUR: Avenida Dos, que es su frente; ESTE: Parcelas Nros 61 y 62; y, OESTE: Parcelas Nros 54 y 53.- Dichas bienhechurías se encuentran conformadas por una planta constante de Tres (3) habitaciones, Cuatro (4) baños, Una (1) Sala-Comedor, Una (1) Cocina, Un (1) corredor, Un (1) porche, Un (1) deposito, Un (1) garaje y un (1) lavandero, con puertas de hierro en los accesos principales, puertas internas de madera, ventanas de vidrio y aluminio y rejas protectoras de hierro, pisos de cemento pulido, techo de asbesto y acerolit, totalmente cercada de bloques de cemento frisado, rejas de hierro, portón principal de hierro.-
El valor invertido es la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 250.000,00), equivalentes a TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE UNIDADES TRIBUTARIAS CON CUARENTA Y SEITE CENTIMOS (3259,47 UT), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos JOSE CONCEPCION PLAZA SOLORZANO y MIGUEL ANGEL PEREZ CASAS, venezolano y Uruguayo, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-15.015.631 y E-81.654.383, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, declara TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano: LUIS ALBERTO SARMIENTO PARRAGA, plenamente identificado, en las bienchechurías antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,
Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ.-
LA SECRETARIA,
Abg. FLOR YESENIA CUESTA GONZALEZ.-