REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, 29 de Marzo de Dos mil Doce
201º y 152º
ASUNTO: BP12-S-2012-000089
Vista la solicitud presentada por la ciudadana ANA BRIZEIDA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.068.031, domiciliada en Calle Vereda Numero 01, casa numero 08, Sector Bolivariano de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistido por el Abogado FRANCISCO TIRADO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 86.178, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomento a expensa propia con dinero de su propio peculio, ubicada en Calle Vereda Numero 01, casa numero 08, Sector Bolivariano de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno propiedad municipal, cuyos Linderos particulares son los siguientes: NORTE: Con casa de la ciudadana Brunilde López; SUR: Con Calle Vereda Numero 01, que es su frente; ESTE: Con casa del ciudadano Manuel Pérez; OESTE: Con casa de la ciudadana Dominga López. Dichas bienhechurias consta de las siguientes características: Una (01) Casa de Paredes de Bloques de Cemento, piso de Cemento, techo de Zinc, Ventanas de Hierro, Puertas de Metal, constante de: Dos (02) Habitaciones, Una (01) Sala –Comedor, Una (01) cocina, Dos (02) Baños, Un (01) Pasillo. El valor invertido es la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES FUERTES (80.000,00 Bs.F.), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanos ORLANDO ALFONZO SILVA CORDERO y JHON JAIRO MEDINA PEREZ, titulares de las Cedulas de Identidad Nº V- 9.623.388 y V- 15.845.037, respectivamente, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener a prueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana ANA BRIZEIDA PEREZ, ya identificada, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,
ABG. ARELIS MORILLO SANCHEZ.-
LA SECRETARIA.
ABG. FLOR YESENIA CUESTA GONZALEZ
Se devuelven constante de Diez (10) folios útiles originales con sus resultas al interesado.-
LA SECRETARIA.
ABG. FLOR YESENIA CUESTA GONZALEZ.
AMS/mc