REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete de marzo de dos mil doce
201º y 153º
SENTENCIA
ASUNTO: BP02-L-2011-000646
PARTE ACTORA: OMAR RAFAEL NAVA, titular de la Cedula de Identidad Nº 12.217.733.
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: La abogada NARVIS NUÑEZ BELLO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nros. 91.849.
PARTES DEMANDADAS: ICM PROYECTOS 2001 C.A
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: El abogado PABLO ALBORNET, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No. 174.997.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, veintisiete (27) de Marzo del 2012, siendo las nueve y diez minutos (09:10 a.m.) de la mañana, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, deja expresa constancia de el día 16 de Marzo pasado 2012, la parte actora en la presente causa no compareció a la realización de la prolongación de la Audiencia Preliminar., por lo que se consideró desistido el procedimiento de conformidad con la ley adjetiva laboral en su articulo 130. Ahora bien, por razones de falla electrica en ese dia, se levantò el acta respectiva en forma manuscrita y la homologación de dicho desistimiento se estableciò realizarla en sentencia separada para ser incluida posteriormente en el sistema iuris 2000. En tal sentido, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 ° y 201°.
El Juez
Abg. Angel Parra Gutiérrez
La Secretaria
Abg. Evelin Lara Garcia
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 09:25 a.m. Conste.
La Secretaria
Abg. Evelin Lara Garcia.
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