REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiocho de Marzo del dos mil doce
201º y 153º

ASUNTO: BP02-L-2012-000121

SENTENCIA

Vista la diligencia presentada en fecha 23 de Marzo del presente año 2012, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documento de este Circuito Judicial de Barcelona, por parte del Ciudadano NILROHT CHAFARDET FARIAS, abogado en ejercicio, inscrito en el I. P. S. A Nº 128.402, actuando como apoderado judicial de la Ciudadana KAROL MARINA BRUNETTI MEDINA, titular de la Cedula de Identidad Nº 11.422.538, parte actora en la presente causa y de acuerdo con el Poder que le fuera conferido, en donde DESISTE del procedimiento por cobro de Prestaciones Sociales en contra de la empresa REPRESENTACIONES MARLO C.A : Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui con sede en Barcelona, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia por aplicación analógica del articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACION respectiva para darle el carácter de autoridad pasada en Cosa Juzgada. Se da por terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los veintiocho (28) día del mes de Marzo del dos mil doce (2012).
El Juez,


Abg. Ángel G. Parra


La Secretaria,

Abg. Evelin Lara Garcia.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.
La Secretaria,


Abg. Evelin Lara Garcia.