REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, veintiuno de marzo de dos mil doce
201º y 153º
ASUNTO: BP02-V-2011-000282

Visto el escrito presentado por el ciudadano LUIS CESAR OJEDA MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-14.10.187 debidamente asistida por la abogada ZENAID BARRIOS BLANCA inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 110.464, el contenido de la misma, en consecuencia este Tribunal de la revisión de la presente demanda de DIVORCIO, propuesto por el ciudadano LUIS CESAR OJEDA MARCANO, plenamente identificado en contra de la ciudadana ELENIA JOSEFINA DECENA URBINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-8.264.800 donde se encuentran involucrada la niña LUISIANNY (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente)
este Tribunal para decidir observa:
Visto la diligencia consignada en fecha 22-02-2012, no se da cumplimiento al despacho Saneador, sobre todo no se aclara su pretensión ya que no se sabe a ciencia cierta si se trata de un Divorcio o de una Separación de Cuerpos y lo que conlleva a violar el debido proceso y el derecho a la defensa, es por lo que este, Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE la presente demanda incoada por LUIS CESAR OJEDA MARCANO, en contra de la ciudadana ELENIA JOSEFINA DECENA URBINA y ordena dar por terminada la misma. Y ASÍ SE DECIDE. Devuélvanse los documentos originales, previa certificación en autos por secretaria. Cúmplase.
LA JUEZ.

Dra. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.


Abog. LOURDES CASTILLO.
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en el. Conste.-
LA SECRETARIA.


Abog. LOURDES CASTILLO.


AJD/Alicia.-