REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre
El Tigre, doce de marzo de dos mil doce
201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-J-2012-000260
ASUNTO: BP12-J-2012-000260


SENTENCIA DEFINITIVA
MOTIVO: Nombramiento de curador Ad hoc.
SOLICITANTE: JOSE ANTONIO CARTAYA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.039.856 y domiciliado en la Calle Guaicaipuro, cruce con calle Miranda, Centro de Pariaguan, al lado de la Panadería del Sol, de la ciudad de Pariaguan, Estado Anzoategui.
ABOGADO ASISTENTE: YEMDY ALCALA, Defensora Público de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial.
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: (xxx)

Vista la solicitud presentada por el ciudadano JOSE ANTONIO CARTAYA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.039.856 y domiciliado en la Calle Guaicaipuro, cruce con calle Miranda, Centro de Pariaguan, al lado de la Panadería del Sol, de la ciudad de Pariaguan, Estado Anzoategui, debidamente asistido por la abogado YEMDY ALCALA, Defensora Público de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial quien actúa en su carácter de padre de la adolescente, (xxx), mediante la cual ocurre ante esta competente autoridad para solicitar la designación del Curador ad hoc, porque cuanto contraerá nupcias en fecha próxima. Anunciado dicho acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección, por el Alguacil JUAN CARLOS MORILLO, habiéndose constatado la presencia del referido ciudadano y de la curador sugerida, ciudadana NILDA JOSEFINA DELGADO DE MELENDEZ, se constituyen en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede El Tigre esta Juzgadora junto a las partes intervinientes en el presente asunto, Concluida la evacuación de las pruebas aportadas y la revisión de las documentales esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley considera procedente y ajustado a derecho PRIMERO. DECLARAR CON LUGAR la solicitud incoada por el ciudadano el ciudadano JOSE ANTONIO CARTAYA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.039.856 y domiciliado en la Calle Guaicaipuro, cruce con calle Miranda, Centro de Pariaguan, al lado de la Panadería del Sol, de la ciudad de Pariaguan, Estado Anzoátegui, SEGUNDO: Designar como curador ad hoc, a la ciudadana NILDA JOSEFINA DELGADO DE MELENDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.694.651, domiciliada en la calle La Petera, cruce con calle Venezuela, Pariaguan Estado Anzoátegui, de la adolescente (xxx), de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, en concordancia con el artículo 511 y siguientes de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Entréguese a las partes interesadas, la original dejando copias certificada en los archivos del tribunal y expidase tantas copias certificadas como requieran.
Publíquese, regístrese, déjese, copia certificada en el Tribunal como lo ordena el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, a los doce (12) días del mes de Marzo del año dos mil doce (2012). Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza,



Abog. Farah Melissa Azocar.


La Secretaria Temporal,


Abog, Mariana Llavaneras.