REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre
El Tigre, veintiuno de marzo de dos mil doce
201º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2009-002137
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
MOTIVO: ADMINISTRACION DE BIENES
ADOLESCENTE: (xxx)
Vista la solicitud presentada por la Ciudadana LIGIA CASTILLO ANDRADE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº15.637.861, domiciliada Urbanización Las Mercedes, Etapa II, Calle II, Casa N°5, El tigre, Estado Anzoátegui, asistida de la abogada MARJORIE YABRUDY, inscrita en el inpreabogado bajo el N°81.167, actuando en nombre y representación de su hijo (xxx) con ocasión del fallecimiento de su padre Ciudadano NESTOR ELPIDIO OJEDA ROMERO, fallecida ad-intestato en fecha veinte (20) de Octubre de 2008; mediante la cual ocurre ante esta competente autoridad para solicitar autorización Judicial para disponer de la cantidad de Cinco mil Ochocientos tres bolívares con cincuenta y siete céntimos (Bs.5.803,57) para la compra de un juego de cuarto a favor de su hijo y asimismo me autorice a disponer de la cantidad de Veintidós Mil bolívares (Bs.22.000,00) los cuales serán destinados para cancelar la hipoteca que pesa sobre la vivienda dejada por el Ciudadano NESTOR ELPIDIO OJEDA ROMERO, a su hijo, asimismo para cancelar los gastos correspondientes a la declaración sucesoral, cantidad esta que será debitada de la cuenta de ahorros N°1750063590060302833, del Banco Bicentenario, asimismo consigno copia documento del inmueble respectivo. Es todo. Anunciado el acto a las puertas del Tribunal del Circuito Judicial de Protección por el Alguacil, JUAN CARLOS MORILLO, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede el Tigre, dirigido por la Jueza FARAH MELISSA AZOCAR deja expresa constancia de la comparecencia de la parte solicitante asistida de la abogada antes mencionada y la FISCAL DUODÉCIMA DEL MINISTERIO PUBLICO DEL ESTADO ANZOÁTEGUI. Este tribunal visto el pedimento formulado por la ciudadana LIGIA CASTILLO ANDRADE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº15.637.861, actuando en nombre y representación de su hijo (xxX), con ocasión del fallecimiento de su padre Ciudadano NESTOR ELPIDIO OJEDA ROMERO, fallecido ad-intestato en fecha veinte (20) de Octubre de 2008; por cuanto dicho pedimento no es contrario a las Leyes y a ninguna de las disposiciones legales, en consecuencia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: Hacer entrega a la Ciudadana LIGIA CASTILLO ANDRADE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº15.637.861, de la cantidad de Cinco mil Ochocientos tres bolívares con cincuenta y siete céntimos (Bs.5.803,57) para la compra de un juego de cuarto a favor de su hijo y asimismo se le autoriza a disponer de la cantidad de Veintidós Mil Bolívares (Bs.22.000,00), los cuales serán destinados para cancelar la hipoteca que pesa sobre la vivienda dejada por el Ciudadano NESTOR ELPIDIO OJEDA ROMERO, a favor de su hijo, y para cancelar los gastos correspondientes a la declaración sucesoral, cantidad esta que será debitada de la cuenta de ahorros N°1750063590060302833, del Banco Bicentenario.-
SEGUNDO: Se insta a la Ciudadana LIGIA CASTILLO ANDRADE, ampliamente identificada en autos, a consignar ante este Tribunal en la oportunidad respectiva copia certificada del documento de liberación de hipoteca de la viviendo propiedad del adolescente (xxx), asimismo la declaración sucesoral correspondiente y las factura de adquisición y cancelación del juego de cuarto para el referido adolescente.-
TERCERO: Ofíciese lo conducente a la oficina de Control y Consignación adscrita a este Tribunal para que de estricto cumplimiento a lo aquí acordado.- Cúmplase lo ordenado.- Líbrese el oficio respectivo.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, a los veintiún (21) días del mes de Marzo de 2012.
La Jueza Provisorio
Abog. Farah Melissa Azocar
El Secretario Temporal
Abg. Marianna Llavaneras Briceño
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