REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno de mayo de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: BP02-F-2009-000129

En fecha, 17 de febrero de 2009, fue recibida la presente Solicitud por SEPARACION DE CUERPOS, presentada por los ciudadanos JOSE WILSON ARISTIZABAL Y DEYANIRA MERCEDES FIGUERA MARQUEZ, colombiano el primero y venezolana la segunda, mayores de edad, y titulares de la cedula de identidad Números E-81.976.233 y V-8.336.119, debidamente asistida por la Abogada ZORAIDA MEDINA, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de previsión social del abogado bajo el N° 81.402.-

Ahora bien, este Tribunal observa: Consta de las actas que conforman el presente expediente, que una vez que este Tribunal Admitió a la presente causa en fecha Diecinueve (19) de Febrero de 2.009, ordenándose la citación del Demandado y la Notificación a la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Publico, dicha Boleta fue entregada a la antes mencionada Fiscal, consta en autos que ninguna de las partes haya realizado actos tendentes a impulsar el proceso y en especial para que sea librada la c por cuanto, si bien es cierto que el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, garantiza una justicia oportuna, expedita y sin dilaciones indebidas, no es menos cierto que al no actuar las partes diligentemente en el proceso, se produce la pérdida del interés procesal, que causa la decadencia de la acción.- En este orden de ideas y acogiendo el criterio jurisprudencial reiterado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, es por lo que este Tribunal vista la inactividad señalada, en el caso de marras declara la pérdida del interés, en virtud de han transcurrido más de un (1) año de inactividad procesal de las partes. Y así se decide.-

En razón de los argumentos expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara LA PERDIDA DE INTERES en el presente juicio por SEPARACION DE CUERPOS, presentada por los ciudadanos JOSE WILSON ARISTIZABAL Y DEYANIRA MERCEDES FIGUERA MARQUEZ, colombiano el primero y venezolana la segunda, mayores de edad, y titulares de la cedula de identidad Números E-81.976.233 y V. 8.336.119, debidamente asistida por la Abogada ZORAIDA MEDINA , abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de previsión social del abogado bajo el N° 81.402.-

Publíquese, Regístrese y déjese copia de la presente decisión.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En Barcelona, a los veintiún (21) días del mes de Mayo del año dos mil doce (2.012). AÑOS: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-

La Juez Provisorio


Dra.Helen Palacio García La Secretaria


Dra.Marieugelys García Capella.-












HPG.C.B