REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI

El Tigre, 10 de Mayo de 2012
202º y 153º


ASUNTO PRINCIPAL: BP12-A-2011-000001
CUADERNO DE MEDIDAS: A-X-2012-000004

En vista, de que por auto de fecha 18 de Abril de este mismo año, éste Juzgado acordó la práctica de la Medida Cautelar Anticipada, solicitada por el Abogado GREGORIO RAFAEL BAENA CONTRERAS, quien actúa en su carácter de Defensor Público Primero en materia agraria, en nombre y representación de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA ODELGUS, R.L., plenamente identificada en autos, este Juzgado acuerda de conformidad.- En consecuencia, fija a las nueve (09:00) de la mañana, del décimo (10º) día de Despacho siguiente al de hoy, para el traslado y constitución del Tribunal en el sitio indicado por el solicitante, a fin de practicarse la ejecución de la Medida Cautelar Anticipada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 523 del Código de Procedimiento Civil; dicha medida fue decretada por éste Tribunal en fecha dieciocho (18) de Abril de este mismo año, obedeciendo a los artículos 152 y 243 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.- Asimismo, se ordena oficiar a los fines de ejecutar la medida cautelar anticipada, al Comando de la Tercera compañía del Destacamento Nº 74 de la Guardia Nacional Bolivariana, con sede en la ciudad de Pariaguán,.- Líbrense oficios correspondientes.-

La Juez Provisoría
Abg. Anybeth Sulbarán Martínez
El Secretario
Abg. Andrés Hernández
ASM/ah.