REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI
El Tigre
El Tigre, 30 de Mayo de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: A-2012-000004
CUADERNO DE MEDIDA: A-X-2012-000006
Vista la solicitud de Medida Cautelar Anticipada hecha en el escrito de la demanda, por el abogado GREGORIO RAFAEL BAENA CONTRERAS, titular de la cédula de identidad Nº V-8.485.530, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 74.728, de este domicilio, en su carácter de Defensor Público Primero Agrario, actuando en nombre y representación de los ciudadanos Viviano García, Matilde Josefina Ruiz de García, Rosibel Coromoto García Ruiz, Viviana Josefina García Ruiz, Isaías José García Ruiz, Yeccenia Delvalle Ruiz, Alejandra Trinidad Ruiz y Bianca María Ruiz, plenamente identificados en autos; el Tribunal a los fines de proveer sobre lo peticionado, acuerda: Fijar Inspección Judicial, en el fundo “La Victoria”, ubicado en la carretera que conduce a la población de Santa Clara, vía Santanita, sector Los Pobres, parroquia Santa Clara, Municipio José Gregorio Monagas, estado Anzoátegui; en consecuencia fija a las nueve (09:00) de la mañana del décimo (10º) día de Despacho siguiente al de hoy, para el traslado y constitución del Tribunal en el sitio indicado por el solicitante, a los fines de poder decretar la Medida Cautelar Anticipada solicitada. Se ordena oficiar a la Policía del estado Anzoátegui, ubicada en Mapire, al Comando de la Policía del Municipio José Gregorio Monagas y al Comando de la Tercera Compañía del Destacamento Nº 74 de la Guardia Nacional Bolivariana con sede en Pariaguán, estado Anzoátegui, para brindar el apoyo necesario y ser garantes del resguardo del Tribunal; asimismo se ordena oficiar a la Oficina Sectorial del Instituto Nacional de Tierras (I.N.T.I.), con sede en El Tigre, municipio Simón Rodríguez, del estado Anzoátegui, a objeto de solicitarle colaboración en el sentido de que se sirva designar un experto agrotécnico, el cual ha de acompañar al tribunal en la práctica de la Inspección antes referida.- Líbrense oficios correspondientes. – Así se decide.

La Juez Provisoria
Abg. Anybeth Sulbarán Martínez.
El Secretario
Abg. Andrés Hernández
ASM/ah.-