REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, dieciséis de noviembre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2012-001024
ASUNTO: BP12-S-2012-001024

Vista la solicitud presentada por la ciudadana: ADRIANA DE JESUS PAEZ SILVA, mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.375.937, domiciliada en la calle 15 de Julio sector Las Delicias casa N° 05 de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistida por la abogado YAMELIS GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 61.155, donde manifiesta se le conceda TÍTULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomento a sus solas expensa con dinero de su propio peculio, ubicadas en la calle 15 de julio del sector Las Delicias casa N° 05, de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno propiedad Municipal.-Cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Con patio de la casa que es o fue de Juan Salazar midiendo Diez metros (10:00Mts) SUR: Calle 15 de julio midiendo Diez metros(10,00Mts) ESTE: Casa es que o fue de Mariela Fermín, midiendo Once metros (11:00Mts),OESTE: Casa que es o fue de Yudexis Patiño, midiendo Once metros (11:00Mts).-Dichas bienhechurias están constituidas por una casa con paredes de bloques de cemento, techo de machihembrado, piso de cemento, distribuida de la forma siguiente: Una (1) Sala- comedor Tres (3) habitaciones, Dos (2) Baños, Una (1) Cocina.- En dicha construcción he Invertido la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (150.000,00) equivalente a MIL SEISCIENTO SESENTA Y SEIS CON SEIS UNIDADES TRIBUTARIAS (1666,06UT).-teniéndose presente las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanos: MARYORIS MERCEDES MAITA VELASQUEZ, Y YUSDEISY MILAGROS PATIÑO DE ALLEN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números: V-17.870.613, V-17.449.809 respectivamente, éste Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceras personas declara TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a la ciudadana: ADRIANA DE JESUS PAEZ SILVA, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en la presente solicitud, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,

Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ

LA SECRETARIA,

Abg. FLOR YESENIA CUESTA G,