REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, diecinueve de noviembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2012-000989
ASUNTO: BP12-S-2012-000989
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: MARISOL DEL VALLE VILLASANA ROMERO, mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.257.905, domiciliada en la calle 5 de Julio sector San Miguel Uno (1) casa N° 98, manzana 6, de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistida por la abogado YAMELIS GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 61.155, donde manifiesta se le conceda TÍTULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomento a sus solas expensa con dinero de su propio peculio, ubicadas en la calle 5 sector San Miguel Uno (1) casa N° 98, manzana 6 de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno propiedad Municipal.-Cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Con Calle 5 que es su frente, midiendo Diecinueve metros (19:00Mts) SUR: Casa que es o fue de Carlos Rondón, midiendo diecinueve metros (19.00 Mts) ESTE: Callejón El Esfuerzo, midiendo Trece metros con cuarenta centímetros (13.40Mts),OESTE: Casa que es o fue de Lisbeth Yánez, midiendo Trece metros con cuarenta centímetros (13.400Mts).-Dichas bienhechurias están constituidas por una casa con paredes de bloques de cemento, techo de Zinc, piso de cemento y Cerámica, Puertas de madera, distribuida de la forma siguiente: Una (1) Sala- comedor Tres (3) habitaciones, Dos (2) Baños, Una (1) Cocina Un (1) Porche Un (1) Deposito, Un (1) Corredor Un (1) Anexo Local con paredes de cemento techo de platabanda, piso de cemento cercada con paredones de bloques.-En dicha construcción he Invertido la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (150.000,00) equivalente a MIL SEISCIENTO SESENTA Y SEIS CON SEIS UNIDADES TRIBUTARIAS (1666,06UT).-teniéndose presente las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanos: TONY JOSE LUGO MARCANO Y EUDIS MAGDALENA PEREZ ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números: V-14.016.689,V- 17.263.789, respectivamente, éste Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceras personas declara TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a la ciudadana: MARISOL DEL VALLE VILLSANA ROMERO, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en la presente solicitud, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,
Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ
LA SECRETARIA,
Abg. FLOR YESENIA CUESTA G,