REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMÓN RODRÍGUEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, EXTENSIÓN EL TIGRE.

El Tigre, 27 de noviembre de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-M-2010-000097
ASUNTO: BP12-M-2010-000097



SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (PERENCION DE LA INSTANCIA)


MOTIVO: COBRO DE BOLÍVARES (VIA INTIMATORIA)



DEMANDANTE: Abogado JOSE RAFAEL MENDOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 86.963, en su condición de Endosatario en Procuración de el ciudadano: LUIS OMAR GONZALEZ ALCALA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V-3.730.717


DEMANDADOS. MOISES ANIBAL BARROETA y JAVIER JOSE ORDAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.542.890 y V-12.678.399, respectivamente.-


Por cuanto de la revisión de las actas que integran este expediente el Tribunal observa: Que en fecha: 20-09-2010, fue admitida la presente demanda por esta juzgadora, ordenándose la intimación de los demandados MOISES ANIBAL BARROETA y JAVIER JOSE ORDAZ, para que paguen en un plazo de diez (10) días o formulen oposición.

Ahora bien, observa quien juzga que en el presente juicio compareció el co-demandado JAVIER JOSE ORDAZ ROSAS, (presunto avalista) en fecha: 03-12-2010, y formuló oposición.-

Observándose que el co-demandado MOISES ANIBAL BARROETA (demandado Principal) no ha sido notificado, y desde el ultimo acto de procedimiento hasta la presente fecha ha transcurrido mas de un (1) año, sin que la parte interesada haya instado el presente procedimiento, por lo que se declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, conforme a lo dispuesto en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.-

En virtud de lo expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA, por haber ocurrido la perención en el presente asunto.-

Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.-

DADA, FIRMADA Y SELLADA, en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En la ciudad de El Tigre, a los veintisiete (27) días del mes de Noviembre del año 2012.- Años 202° de la Federación y 153° de la Independencia.-
LA JUEZ,

ABG. ARELIS MORILLO SÁNCHEZ
LA SECRETARIA,

ABG. FLOR YESENIA CUESTA GONZÁLEZ