REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecinueve de noviembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: BP02-L-2012-000803
Por recibido el presente expediente con motivo de la distribución de la doble vuelta realizada en el día de hoy, y por cuanto se evidencia de las actas procesales que conforman el presente expediente que, la demandada de autos es una sociedad mercantil cuyo objeto es la recolección de desechos sólidos en la conurbación del Municipio Bolívar y Sotillo, por lo que es forzoso para este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena la reposición de la causa al estado en que se notifique a la Alcaldía del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui y a la Alcaldía del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, así como los síndicos Procuradores de los referido Municipios a los fines de Ley de conformidad con lo establecido en el articulo 26 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y a lo establecido en el articulo 153 de la Ley Orgánica del Poder Publico Municipal, Así se decide.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada de la presente resolución. Cúmplase.
La Juez,
Abg. Maria José Carrión G.
La Secretaria,
Abg. Maribi Yánez.
Seguidamente y en esta fecha, siendo las 11:55, a.m., se publico la anterior resolución. Conste:
La Secretaria,
MJCG/MY.-
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