BP12-N-2012-000073
UNICO
Por cuanto en fecha 27 de noviembre de 2012, la profesional del derecho Abogada Liseth Rincones, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.84.991, actuando con el carácter de coapoderada judicial de la parte actora ciudadano RAMON RAFAEL RIVERO CARDINALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 14.560.803, consignó diligencia manifestando formal y expresamente su desistimiento del presente procedimiento.
En el caso que ocupa, la referida profesional del derecho ostenta la cualidad y facultad conferida para desistir del presente procedimiento, de nulidad de acto administrativo de efectos particulares. Y se verifica de las actas procesales que, en el presente procedimiento no se ha materializado las notificaciones correspondientes, por cuanto fue recibido en fecha 07 de noviembre de 2012, del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, avocándose esta Instancia en fecha 12 de noviembre de 2012.
En consecuencia de ello, por cuanto lo solicitado no es contrario a derecho y el desistimiento formulado no versa sobre materias en las cuales este prohibida, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y conforme a lo dispuesto en el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del Artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, le imparte HOMOLOGACIÓN al desistimiento del procedimiento incoado por la Abogada Liseth Rincones, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.84.991, actuando con el carácter de co-apoderada judicial de la parte actora ciudadano RAMON RAFAEL RIVERO CARDINALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 14.560.803, en el presente recurso de nulidad de acto administrativo de efectos particulares, otorgándole a la misma LOS EFECTOS DE COSA JUZGADA y da por terminado el presente juicio.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en El Tigre, a los TREINTA (30) días del mes de NOVIEMBRE del año DOS MIL DOCE (2012).
La Juez Temporal
Abg. LISBETH HARRIS GARCIA
La Secretaria
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