REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, uno de noviembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: BH06-X-2007-000068
SENTENCIA INTERLOCUTORIA.
Visto el escrito presentado por la ciudadana JASMIN DEL VALLE HERRERA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.292.909, actuando en representación de su hijo, el joven adulto, ciudadano RICHARD DAVID GUAICARA HERRERA, debidamente asistida por la Abogado en ejercicio GLADYS GUAICARA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 80.716, donde solicitan la entrega de la totalidad del dinero que se encuentra depositado en la Cuenta de Ahorros Nº 007-0088-67-0010006392, en consecuencia este Tribunal Primero de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, y visto el pedimento realizado por la solicitante y por cuanto no es contrario a las Leyes y a ninguna de las disposiciones legales, en consecuencia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, acuerda: Autoriza a la ciudadana JASMIN DEL VALLE HERRERA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.292.909, de este domicilio a retirar de la Cuenta de Ahorros 007-0088-67-0010006392, del Banco Bicentenario la TOTALIDAD del monto en Cheque de Gerencia, que asciende a la suma de SIETE MIL SETCIENTOS CUARENTA BOLIVARES FUERTES CON 00/100 CTMS (Bs. F 7.740,00), a nombre de la ciudadana JASMIN DEL VALLE HERRERA RODRIGUEZ, en su carácter de madre y representante legal del joven adulto, ciudadano RICHARD DAVID GUAICARA HERRERA, para cubrir sus necesidades básicas, etc. Así mismo se ordena hacer entrega de la Libreta de Ahorro antes Identificada. Se ordena oficiar a la OFICINA DE CONTROL Y CONSIGNACION para que se le de estricto cumplimiento a lo aquí ordenado y cumplidas las formalidades exigidas por la Ley. Cúmplase.
LA JUEZ PROVISORIO.
Abg. AMERICA FERMIN.
LA SECRETARIA ACC.
Abg. ANDREINA LEONETT.
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en el. Conste.-
LA SECRETARIA ACC.
Abg. ANDREINA LEONETT.
AF/LETICIA C.-
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