REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoategui extensión El Tigre
El Tigre, veintiuno de noviembre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-V-2011-000636
ASUNTO: BP12-V-2011-000636


SENTENCIA INTERLOCUTORIA
PERENCIÓN DE LA INSTANCIA

Vista la revisión de la presente demanda de DIVORCIO CONTENCIOSO, incoada por el ciudadano JOSE JAVIER BOLIVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.013.448 con domicilio en San José de Guanipa del Estado Anzoátegui, asistido por el Abog. ELIS RAFAEL ZAMORA, inscrito en el inpre-abogado bajo el Nº 71.976, contra la ciudadana HEIDI JOSEFINA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 14.422.386, este tribunal observa que a presente causa se le dio entrada, 11/10/12 y en fecha 26/10/12, este tribunal dicto auto de avocamiento, y por cuanto hay una inactividad de las partes desde esa fecha, lo que significa que desde esa fecha hasta la presente ninguna de las partes a realizado actuación alguna, produciéndose los efectos contenidos en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil que establece: “ Que toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes…”, todo ello en concordancia con el Artículo 269 EJUSDEM; que establece que la misma puede declararse de oficio por el Tribunal; en consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección del Niño, Niñas y Adolescente, de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui sede El Tigre, en uso de sus atribuciones legales en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente procedimiento de conformidad con la normativa antes señalada. Asimismo se ordena la devolución de los documentos originales, dejándose copia en su lugar previa confrontación por Secretaria.-

Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
DADA, FIRMADA Y SELLADA en la sala del despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión Tigre, veintiún (21) de noviembre, del dos mil doce (2012).
LA JUEZA,


ABG. FARAH MELISSA AZOCAR.
LA SECRETARIA


ABOG. LIZONY PERDOMO CALDERON