REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI

El Tigre, 15 de Noviembre del 2012
201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: A-2012-000008
ASUNTO: A-2012-000008

Vista la anterior demanda que por ACCIÓN DE INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DE LA ACTIVIDAD AGRARIA han presentado los ciudadanos AUGUSTO RAFAEL VELÁZQUEZ Y ZELIDETH FEMAYOR TORREALBA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V-5.880.027 y V-9.817.298 respectivamente, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Números 46.747 y 125.002 respectivamente, de este domicilio, en su carácter de Apoderados Judiciales, actuando en nombre y representación de los ciudadanos MARÍA AUXILIADORA RIVAS COVA Y MIGUEL ANTONIO FUENTES GUTIÉRREZ, contra la empresa INVERSIONES CONCREASFALT C.A., en la persona de su presidente y vicepresidente FRANKLIN EDGARDO GARCÍA TORREALBA Y FRANCISCO EDUARDO GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-14.395.094 y V-4.347.057, respectivamente, el Tribunal por cuanto la misma está fundamentada en causa legal, no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, ADMITE cuanto ha lugar en derecho.- Estámpese en el asiento respectivo en el Libro diario.- En consecuencia, cítese al demandado la empresa INVERSIONES CONCREASFALT C.A., en la persona de su presidente y vicepresidente FRANKLIN EDGARDO GARCÍA TORREALBA Y FRANCISCO EDUARDO GARCÍA,, quienes pueden ser ubicados en la Calle Alegría Nº 25, “Quinta Pa los tres”, sector caja de agua, casco central, El Sombrero, estado Guárico, para que comparezca ante este tribunal dentro de los CINCO (5) días de Despacho siguientes a la constancia en autos de la última citación que se hiciere, más tres (3) días que se le conceden como término de la distancia, a fines de dar contestación a la presente demanda.- Compúlsese por Secretaría copia certificada del libelo de la demanda, con su respectiva orden de comparecencia al pié; y mediante oficio comisiónese suficientemente al Juzgado Segundo De Primera Instancia Agrario De La Circunscripción Judicial Del estado Guárico-Calabozo, a los fines de que practique la citación de la parte demandada .- Líbrense las compulsas y ofíciese.-

LA JUEZ PROVISORIA,

Abg. ANYBETH SULBARÁN MARTÍNEZ.

EL SECRETARIO

ABG. ANDRÉS J. HERNÁNDEZ O.
ASM/ah