REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince de octubre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: BP02-F-2011-000234
Por cuanto de las actas procesales que componen el presente expediente observa este Sentenciador, que en fecha 26 de septiembre de 2.012, fecha en la cual se llevó a cabo el segundo acto conciliatorio en el presente juicio de Divorcio, incoado por el ciudadano FRANCISCO JOSE ARREAZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.214.813, asistido por la Abogada en ejercicio Zenair Rondón, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.819.446, e inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 64.498, en contra de la ciudadana LIBERTAD DEL VALLE PAREJO ROSAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.207.499, dejando constancia este Juzgado que la parte demandada no asistió al mismo, y en virtud de que en dicho acto se emplazó a las partes al acto de contestación, el cual se llevaría a cabo al quinto día de despacho siguiente, contados a partir del antes citado día, es decir, el día 03 de Octubre de 2.012, a las 10:00 de la mañana y por cuanto no compareció la parte demandante a dicho acto; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, declara extinguido el presente procedimiento, y se ordena el archivo de la presente causa. Así se decide. En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
El Juez Temporal,
Abog. Alfredo José Peña Ramos
La Secretaria,
Abog. Judith Moreno Sabino
/Ah.-
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