REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dos de octubre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: BP02-V-2012-000168

De las actas procesales se evidencia que la presente causa se contrae a la pretensión de Cumplimiento de Contrato, incoado por la ciudadana Ysaira Hernández Bello, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.315.024, de este domicilio, a través de su apoderado judicial abogado Gonzalo Oliveros Navarro, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 18.111, en contra de los ciudadanos Juan Roberto Prieto y Amenaida María Figueredo de Prieto, cónyuges, venezolanos, mayor de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. 2.442.334 y 2.799.458.-
Ahora bien, visto asimismo, el escrito presentado por el abogado Gonzalo Oliveros Navarro, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 18.111, a través del cual DESISTIO del presente procedimiento, y solicitó el archivo del expediente; este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, en consecuencia HOMOLOGA el DESISTIMIENTO solicitado por la parte actora antes identificada, en los mismos términos y condiciones por el suscrito.- Asimismo se da por terminado el presente proceso y se ordena el archivo del expediente.-
EL JUEZ PROVISORIO,



Abg. JESUS S. GUTIERREZ D.
LA SECRETARIA,



Abg. MIRLA MATA ROJAS.