REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dos de octubre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: BP02-V-2011-001340

Visto el escrito transaccional, presentado en fecha 01 de Octubre de 2.012, suscrito por la ciudadana NERKYS DEL VALLE ROJAS LAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.421.322, debidamente asistida por el abogado en ejercicio SANDY SMITH JOSE HERNANDEZ TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 139.194 y MILDRED ROSMARY URBINA CONTRERAS, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.195.947, debidamente asistida por JUAN SEBASTIAN GARCIA VILLEGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 139.112, parte actora y demandada, respectivamente, y visto el contenido del mismo, y vista la transacción suscrita por las partes, este Tribunal la HOMOLOGA, en los mismos términos y condiciones por ellos descritos, y lo toma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Visto así mismo el pedimento realizado se SUSPENDE la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 16 de Enero de 2.012, sobre: un Apartamento destinado a la vivienda, distinguido con las siglas 7-B, situado en el Piso Nº 7 del Edificio “La Porteñita”, ubicado en la Avenida Municipal, Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, con ficha Catastral Nº 011303080309010802, el referido inmueble tiene una superficie aproximada de CIENTO ONCE METROS CUADRADOS (111,00 mts2) donde se encuentra con una distribución interna descrita de la siguiente manera: Dos (02) habitaciones, un (01) Estudio, Dos(02) Baños, Hall-Comedor, Cocina, Pantry, Balcon, un (01) Puesto de estacionamiento; sin techo en nivel intermedio entre Planta bajo semi-sotano, distinguido con el Nro. 7-B, y está comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Apartamento 7-A, las escaleras, El Hall del Piso y fosa de los Ascensores; SUR: Con la fachada Sur del Edificio, ESTE: Con la fachada Este (posterior) del Edificio; y OESTE: Con la fachada Oeste principal del edificio quedando el mismo inserto bajo el número 016, Tomo 059 de los Libros de autenticaciones llevados por esa Notaria, cuya propiedad es de la ciudadana MILDRED ROSMARY URBINA CONTRERAS, según documento de compra-venta, de fecha 10 de diciembre de 2008,según consta en documento de compra-Venta debidamente anotado bajo el Nº 23, Folios 205 al 210, Protocolo Primero, Tomo Vigésimo (20) Cuarto Trimestre del año 2008, la cual fue participada mediante oficio Nº 030-12, de fecha 16 de Enero de 2.012, y se ordena participar lo conducente al Registrador competente. Líbrese oficio.-
La Juez Provisorio,
La Secretaria

Abg. Helen Palacio García
Abg. Marieugelys García Capella.



HPG/lorena.-