SENTENCIA INTERLOCUTORIA
CON FUERZA DE DEFINITIVA
29/10/2012 11:42:35 a.m.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo del Municipio Simon Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintinueve de octubre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: BP02-S-2012-001886
PARTE SOLICITANTE Ciudadana EUCARIS JOSEFINA RODRIGUEZ LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 9.458.346, respectivamente.
ABOGADOS ASISTENTES DANIELA SANCHEZ y YELITZA RICARDI, abogadas en ejercicio e inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 106.464 y 120.582, respectivamente.
MOTIVO SOLICITUD DE DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
MATERIA CIVIL- FAMILIA.
Con fundamento en la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.152, de fecha 02 de abril de 2009, la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil- Barcelona, procedió a la distribución del presente Asunto, correspondiendo a este Tribunal.
A fin de emitir pronunciamiento sobre lo peticionado este Tribunal lo hace en los siguientes términos:
I
Mediante escrito de fecha 18 de septiembre de 2012, la ciudadana sEUCARIS JOSEFINA RODRIGUEZ LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 9.458.346, debidamente asistida por las abogadas NDANIELA SANCHEZ y YELITZA RICARDI, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 106.464 y 120.582, respectivamente, solicitaron a este Tribunal , que previo interrogatorio de testigos que oportunamente presentara y la documentación acompañada a la solicitud, la declare conjuntamente con sus hijas SARA YAMILETH RONDON RODRIGUEZ y EUCARIS YAMILETH RONDON RODRIGUEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nros. 17.901.707 y 18.567.993, únicas y universales herederas de quien en vida se llamara JORGE ADALBERTO RONDON GAMBOA, quien era de nacionalidad venezolana, mayor de edad, Funcionario Policial, portador de la cédula de identidad Nro. 8.210.540, fallecido ab-intestato en fecha 29 de julio de 2012.
II
Al escrito en referencia la ciudadana EUCARIS JOSEFINA RODRIGUEZ LOPEZ, acompañó la siguiente documentación:
• Copia certificada del Acta de Defunción, asentada bajo el Nro. 681, del 17 de agosto de 2012, de quien en vida se llamara JORGE ADALBERTO RONDON GAMBOA, inscribiéndose en el acta que falleció en fecha 29 de Julio de 2012, quien era venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad número 8. 210. 540, de estado civil casado. NOMBRES Y APELLIDOS DEL CONYUGE: EUCARIS JOSEFINA RODRIGUEZ LOPEZ, con documento de identidad Nro. 9.458.346. DESCENDIENTES: SARA YAMILETH RONDON RODRIGUEZ y EUCARIS YAMILETH RONDON RODRIGUEZ, con documentos de identidad Nros. 17.901.707 y 18.567.993, respectivamente.
• CERTIFICACION DEL ACTA DE MATRIMONIO, asentada bajo el Nro. 244, folio 260, del Tomo I, Año: 1986, celebrado por ante la Prefectura del Municipio Guanta, Distrito Sotillo, del estado Anzoátegui, entre los ciudadanos JORGE ADALBERTO RONDON GAMBOA y EUCARIS JOSEFINA RODRIGUEZ LOPEZ.
• CERTIFICACIONES DE ACTAS DE NACIMIENTOS, correspondientes a las ciudadanas SARA YAMILETH RONDON RODRIGUEZ y EUCARIS YAMILETH RONDON RODRIGUEZ, en las que se asentaron que son hijas de los ciudadanos JORGE ADALBERTO RONDON GAMBOA y EUCARIS JOSEFINA RODRIGUEZ DE RONDON.
• COPIAS FOTOSTATICAS, de las cédulas de identidad de las personas antes mencionadas.
III
El 1° de octubre de 2012, se admitió la presente solicitud acordándose tomarle declaración a los testigos que presentare la parte interesada.
En fecha 15 de octubre de 2012, rindieron declaración bajo juramento, ante este Tribunal, los ciudadanos GONZALO GREGORIO LUGO BRONT y LISBETH DEL VALLE PARRA SIFONTES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 12-547.095 Y 14.102.936, respectivamente, quienes bajo juramento declararon, que conocieron de vista, trato y comunicación a quien en vida se llamara JORGE ADALBERTO RONDON GAMBOA. Que les consta que Jorge Adalberto Rondón Gamboa, falleció en Barcelona, Parroquia El Carmen, del Municipio simón Bolívar, del estado Anzoátegui, en fecha 29 de julio de 2012. Que les consta que Jorge Adalberto Rondón Gamboa, era el cónyuge de la ciudadana EUCARIS JOSEFINA RODRIGUEZ DE RONDON y padre de las ciudadanas SARA YAMILETH RONDON RODRIGUEZ y EUCARIS YAMILETH RONDON RODRIGUEZ, quienes son sus únicas herederas.
IV
Este Tribunal, con vista a los recaudos acompañados a solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas bajo juramento por los ciudadanos precedentemente mencionados, declara las presentes actuaciones suficientes Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a las ciudadanas EUCARIS JOSEFINA RODRIGUEZ LOPEZ, SARA YAMILETH RONDON RODRIGUEZ y EUCARIS YAMILETH RONDON RODRIGUEZ, venezolanas, mayores de edad, con documentos de identidad Nros. 9.458.346, 17.901.707 y 18.567.993, respectivamente., sus condiciones de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus JORGE ADALBERTO RONDON GAMBOA, fallecido en fecha 29 de Julio de 2012, y quien en vida era de nacionalidad venezolana, mayor de edad, portador de la cédula de identidad número 8. 210. 540, de estado civil casado. Quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Hágase entrega a la parte interesada de las presentes actuaciones en original. Así se decide.
A los fines establecidos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en armonía con los artículos 111 y 112 eiusdem, este Tribunal acuerda certificar por Secretaria copia de esta decisión.
Se deja expresa constancia que la competencia de este Tribunal de Municipio para conocer sobre el Asunto en comento, le fue atribuida mediante Resolución Nº. 2009- 0006, de fecha 18 de marzo de 2009, en su artículo 3, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº. 39.152, de fecha 02 de abril de 2009.
Publíquese, regístrese, agréguese a los autos.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en Barcelona, a los veintinueve (29) días del mes de octubre de dos mil doce (2012). Años: 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
La Juez Provisorio,
María Eugenia Pérez
La Secretaria,
Abog. Carmen Calma
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
CON FUERZA DE DEFINITIVA
29/10/2012 11:42:35 a.m.
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