REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, veintinueve de octubre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2012-000315
ASUNTO: BP12-S-2012-000315
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por la ciudadana: MARIA ALEJANDRA CARRILHO REIS, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.684.944, y domiciliada en esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistida por la abogada en ejercicio MIRIAM LANDAETA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 39.068, y de este domicilio, donde peticionan se les conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dineros de su propio peculio, en un terreno de propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), ubicadas en el Sector La Bomba de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, del Estado Anzoátegui, cuyos linderos son los siguientes; NORTE: Río Tigre; SUR: Calle Las Mercedes; ESTE: Terreno de Jorge Zambrano, “Coop”. El Esfuerzo; y OESTE: Terreno de José A. Guerra.-Dichas bienhechurías esta constituidas por una casa principal, con paredes de bloques de cemento, techo machambrado y teja asfáltica, piso de cerámica, y consta de cuatro habitaciones, dos baños, cocina, sala comedor, porche con piso de terracota, patio trasero con piso de terracota y piscina y tiene un metraje aproximado de Ciento Treinta y Cuatro Metros Cuadrados con Veintidós Centímetros (134,62 mts2). Posee un garaje de tubos estructural con techo de machimbrado y teja asfáltica con aproximadamente Noventa y Seis Metros Cuadrados con Cincuenta Centímetros (96,50 mts2); la segunda casa construida con paredes de bloques de cemento, techo de acerolit, piso de cemento, consta de dos habitaciones, un baño, sala, comedor, cocina y porche con un metraje aproximado de Cincuenta y Tres Metros Cuadrados con Doscientos Centímetros (53,200mts2); posee igualmente Tres corrales porcinos, el primero de 18 puntos con Ciento Sesenta metros cuadrados (160 mts2); el segundo de seis puntos con 24,60mts2, el tercero de 20 puntos con 240mts2, todos construidos con bloques de cemento y paredes y techos de zinc,
dos galpones para pollos de 19,53mts2 aproximadamente cada uno, un baño trasero con paredes de bloques de cemento, techo de machimbrado y teja asfáltica de 3,50 mts2, posee igualmente un corral de cabras lechera, árboles frutales, sistema de riego con aspersores, transformador de 15 KVA y la propiedad esta totalmente cercada con alambre de alfajor.- El valor invertido es la cantidad de UN MILLON DE BOLIVARES (Bs. 1.000.000,00); y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos ALEXIS GREGORIO VELASQUEZ TOUSSAINT y JOSE GREGORIO ORTEGA VIÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-5.861.170 y V-10.891.804, respectivamente y de este domicilio; este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, declara TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana: MARIA ALEJANDRA CARRILHO REIS, antes plenamente identificada, sobre las bienhechurías ya descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,
Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ.-
LA SECRETARIA,
Abg. FLOR YESENIA CUESTA GONZALEZ.-