REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, nueve de octubre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-002196
ASUNTO: BP12-S-2010-002196



SOLICITANTE: EMBER ANTONIO OCONA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 643.452

ABOGADO ASISTENTE: MILAGROS JOSEFINA GONZALEZ FLORES, Inscrito en Inpreabogado bajo el Nro 113.646.-

MOTIVO: DECLARACION UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-.

Vista la solicitud presentada, por el ciudadano EMBER ANTONIO OCONA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-643.452, debidamente asistido por la Abg. MILAGROS JOSEFINA GONZALEZ FLORES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 113.646, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos No Penal El Tigre.-
II
Al escrito en referencia el ciudadano EMBER ANTONIO OCONA MARTINEZ, acompañó las siguientes documentales: 1.) Copia certificada del Acta de Defunción de quien en vida se llamara: MARIA MARTINEZ DE OCONA, asentándose en el acta que falleció en fecha 23 de Agosto de 1961, en su casa de habitación, Ubicada en la Calle Zoilo Vidal N° 32 de esta ciudad, de 53 años de edad, que era venezolana, casada con Antonio Ocona, Oficios domésticos, Natural de El Corozal, Estado Monagas, deja Cinco hijos de nombres Ramón Abraham, Milvida, Franklin, Enber e Inis.- 2.) Copia Certificada del Acta de Matrimonio de los ciudadanos Antonio Onconor y María Felicita Martínez Gascón 3.-) Copias certificadas de las Acta de nacimiento de los ciudadanos Ember Antonio, Milvida del valle, Franklin del Carmen, Ramón Abraham, Ibis María.- 4.) Copias Certificadas de las Actas de Defunción de los ciudadanos Franklin del Carmen Oconor Martínez, Ramón Abraham Oconer Martínez, e Ibis María Ocona Martínez.- 5.) Copias certificadas de las Actas de Nacimiento de los ciudadanos: Ruth Mery, María Carolina, Kharla Graciela, Nelabis Andreina, Abanis Vanessa, José Antonio, Jonny Abraham (hijos del difunto Ramón Abraham) y Nirvis Maria (hija de la difunta Ibis Maria).- 6.) Fotostáticas de las Cédulas de Identidad, a las cuales, al no haber sido impugnadas bajo ninguna forma de derecho, se les da pleno valor probatorio de conformidad a lo pautado en el Artículo 1.357 del Código Civil, en concordancia con los Artículos 429 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- Y así se decide.
III
En fecha 30 de Septiembre de 2010, se admitió la solicitud, y se acordó librar edicto emplazando a todas las personas que pudieran ver afectados sus derechos con la presente solicitud.-
En fecha 14 de Octubre de 2010, el ciudadano EMBER ANTONIO OCONA MARTINEZ, debidamente asistido por la Abg. MILAGROS GONZALEZ FLORES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 113.646, consignó el edicto publicado.-
En fecha 25 de Octubre de 2010, se dictó auto en el cual se acordó agregar a los autos el Cartel consignado.-
En fecha 27 de Octubre de 2010, la Secretaria Temporal de este Tribunal, dejó constancia que en esa misma fecha fijó el cartel librado en la cartelera del Tribunal.-
En fecha 12 de Noviembre del 2010, la Secretaria de este Tribunal dejo constancia que no compareció persona alguna que pudiera ver afectados sus derechos.-
En fecha 12 de Noviembre de 2010, rindieron su declaración los ciudadanos JOSE GUILLERMO RIVAS y CARMEN TERESA MERCHAN DE VALLENILLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-5.994.402 y V-4.004.772, respectivamente, quines rindieron declaración acerca de los particulares a que se contrae la solicitud.-
IV
Este Tribunal, con vista a la documentación acompañados a la solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas por los ciudadanos JOSE GUILLERMO RIVAS y CARMEN TERESA MERCHAN DE VALLENILLA, declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los ciudadanos: ANTONY O´CONNOR, EMBER ANTONIO OCONA MARTINEZ, RAMON ABRAHAM OCONER MARTINEZ (difunto), MILVIDAD DEL VALLE OCONA MARTINEZ, YBIS MARIA OCONA MARTINEZ (difunta) y FRANKLIN DEL CARMEN OCONOR MARTINEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. E-70984, V-643.452, V-2.440.741, V-2.442.3030, V-3.731.601,y 2.745.989 respectivamente, la condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus MARIA FELICITA MARTINEZ DE OCONA, quien era venezolana, mayor de edad, casada, de oficio del hogar, titular de la Cédula de Identidad N° V-487.887, quien falleció en fecha 26 de Agosto de 1961, en la Calle Zoilo Vidal N° 32 de esta ciudad, conforme consta de documentación inserta en autos; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
Hágase entrega a la parte interesada de las presentes actuaciones en original. Así se decide.-
LA JUEZ,

Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ.-

LA SECRETARIA,

Abg. FLOR YESENIA CUESTA G.