REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta y uno (31) de octubre de dos mil doce (2012)
202º y 153º

ASUNTO: BP02-L-2012-000769
DEMANDANTE: YILIDA DEL VALLE URBANEJA
DEMANDADO: TELECARIBE C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.-

En el día de hoy, treinta y uno (31) de octubre de dos mil doce (2012), siendo las 09:00a.m, día y hora fijado a los fines de que tenga lugar la instalación de la audiencia preliminar correspondiendo a este Juzgado el conocimiento de la presente causa según distribución por doble vuelta; en el procedimiento que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCETOS, incoare la ciudadana YILIDA DEL VALLE URBANEJA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.291.223, contra la empresa TELECARIBE C.A., previo anuncio del acto a las puertas del Tribunal se deja constancia de la no comparecencia de las partes a la instalación de la audiencia preliminar ni por si ni por medio de apoderados judiciales algunos, en consecuencia, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDO EL PROCESO Y TERMINADO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Juzgado. En Barcelona, a los treinta y un (31) días del mes de octubre de dos mil doce (2012).
La Jueza Provisoria,

Abg. María Carmona Ainaga.
La Secretaria,


Abg. Fabiola Pérez