REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiseis de octubre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: BP02-O-2011-000140
PARTE ACTORA: ORANGEL ESPINOZA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 13.318.326.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: Abogado GLORIANA AGUILERA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 87.438.
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL COSTA NORTE CONSTRUCCIONES C.A., empresa constituida originalmente como sociedad de responsabilidad limitada, inscrita en el Registro Mercantil del Estado Zulia 03-06-1968, bajo el numero 38, paginas 173 y 178, tomo 26.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: EULINER MONASTERIOS, venezolano mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº 15.875.856, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro.133.904.
MOTIVO: ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL

En el día de hoy, viernes veintiséis (26) de octubre del dos mil doce (2012), siendo las once de la mañana (11:00 A.m.), día y hora fijados por este Tribunal para la celebración de la Audiencia Constitucional, de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales y la doctrina jurisprudencial vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (sentencia número 7 del 01 de febrero de 2000), para que las partes y/o sus representantes judiciales y el Fiscal del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, expresen en forma oral y pública los argumentos referentes a la Acción de Amparo Constitucional ejercida por el ciudadano ORANGEL ESPINOZA, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad número 13.318.326, en contra de la sociedad mercantil COSTA NORTE CONSTRUCCIONES C.A. Se deja constancia que el Alguacil anunció el Acto en la Sala de Audiencia de los Tribunales del Trabajo del Circuito Laboral del Estado Anzoátegui CONSTATANDOSE LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE PRESUNTAMENTE AGRAVIADA NI POR SI NI POR MEDIO DE APODERADO JUDICIAL ALGUNO, asimismo se deja constancia de la comparecencia de la abogada JOSEFINA FIGUERA BERNAEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 8.200.871, en su condición de Fiscal Vigésima Segunda del Ministerio Público y de la parte presuntamente agraviante COSTA NORTE CONSTRUCCIONES C.A. a través de su apoderado judicial EULINER MONASTERIOS, quien procedió a consignar en dicho acto copia simple del poder que le fuera otorgado, el cual se ordeno agregar a los autos en cuatro folios útiles como parte integrante de la misma previa certificación de autos por pare de la secretaria del tribunal. Una vez constituido el Tribunal, se dio inicio al acto, procediéndose a ceder la palabra a la parte presuntamente agraviante, quien manifestó: “Que fuera declarado desistido la presente acción de amparo constitucional por no haber comparecido la parte agraviada. Es Todo.” La Representante de la Vindicta Pública, quien expuso: “Que vista la incomparecencia de la parte querellante procediera el Tribunal a dar por terminada la presente causa conforme al criterio sustentado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia”. Una vez finalizada la exposición de los presentes, el tribunal procedió a declarar en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por cuanto en criterio de este Tribunal los hechos alegados por la quejosa no afectan el orden público, en el entendido que en la presente causa no se ordenará el archivo judicial hasta tanto transcurra el lapso de los tres días de despacho siguientes al de hoy para que la parte incoare el recurso que contra la misma creyere pertinentes. Asimismo, se deja constancia que la presente audiencia constitucional fue grabada a través de un medio de reproducción audiovisual, manipulado por el Técnico Audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción ciudadano JESUS GUEVARA. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman siendo las once y cinco de la mañana.-
La Juez,

MARIA AUXILIADORA CHAVEZ RODRIGUEZ.


EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE PRESUNTAMENTE AGRAVIANTE.,



LA FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO



EL ALGUACIL
La Secretaria,
ZAIDA LOPEZ.