REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, veinticinco de octubre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: BP02-J-2012-000744
Vista la diligencia anterior de fecha 28/02/2012, suscrita por la Abogada en ejercicio GRISELDA REYES DIAZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 109.113, en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana SOLANGE DEL VALLE MEDINA RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.329.127, y el contenido de la misma; en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescente, de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en uso de sus atribuciones legales, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, ORDENA, hacerle entrega a la ciudadana SOLANGE DEL VALLE MEDINA RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.329.127, actuando en su carácter de Tutora del niño (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , la suma de VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (Bs. F 28.784,00), deducidos de la Cuenta de Ahorros Nº 0175-0088-13-0061004656, aperturada en la agencia BANFOANDES, ACTUALMENTE BANCO BICENTENARIO, a favor del niño de autos, a nombre de la mencionada ciudadana, por concepto de pago de gastos funerarios de los padres del mencionado niño, previa presentación de las originales de las facturas, según se evidencia de las copias de las mismas y que cursan al folio (72) del presente expediente. Asimismo se acuerda oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones, a los fines arriba indicados Cúmplase.-
LA JUEZA PROVISORIA,


DRA. AMERICA FERMIN

LA SECRETARIA ACC.


ABG. ANDREINA LEONETT.


AF/crc.