REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre
El Tigre, veintiséis de marzo de dos mil doce
201º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-J-2012-000332
SENTENCIA DEFINITIVA
MOTIVO: Nombramiento de Curador Especial
SOLICITANTE: ANGELICA MILLEN GOMEZ DE FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.641.442 y domiciliada en la urbanización El Manantial de la mercedes, Calle Isabel, Nº 27, El Tigre, Estado Anzoátegui.
ABOGADO ASISTENTE: YEMDY ALCALA, Defensora Pública de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial.
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: ….
Vista la solicitud presentada por la ciudadana ANGELICA MILLEN GOMEZ DE FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.641.442 y domiciliada en la urbanización El Manantial de la mercedes, Calle Isabel, Nº 27, El Tigre, Estado Anzoátegui, debidamente asistida por la abogada YEMDY ALCALA, Defensora Pública de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, quien actúa en su carácter de madre de la adolescente, …. mediante la cual ocurre ante esta competente autoridad para solicitar la designación del Curador Especial, a los fines de que administre y vele por los intereses de su hija derivados de indemnización de la que pueda ser objeto por parte de la empresa aseguradora Bolivariana de Seguros en virtud de accidente aéreo ocurrido en fecha 13 de Septiembre de 2010, por la aerolínea Conviasa, en el cual viajaba la adolescente de autos.- Anunciado el acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección, por el Alguacil JUAN CARLOS MORILLO, habiéndose constatado la presencia de la referida ciudadana y del curador sugerido, ciudadano LUIS AUGUSTO GOMEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.751.489, domiciliado en Urbanización El Manantial de las Mercedes, Calle Isabel, Nº 27, El Tigre, Estado Anzoátegui, se constituyen en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede El Tigre esta Juzgadora junto a las partes intervinientes en el presente asunto, Concluida la evacuación de las pruebas aportadas y la revisión de las documentales esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley considera procedente y ajustado a derecho PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR la solicitud incoada por la ciudadana ANGELICA MILLEN GOMEZ DE FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.641.442 y domiciliada en la urbanización El Manantial de la mercedes, Calle Isabel, Nº 27, El Tigre, Estado Anzoátegui, a favor de su hija …...- SEGUNDO: Designar como Curador Especial, al Ciudadano LUIS AUGUSTO GOMEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.751.489, domiciliado en Urbanización El Manantial de las Mercedes, Calle Isabel, Nº 27, El Tigre, de la adolescente …., de conformidad con lo establecido en el artículo 270 del Código Civil, en concordancia con el artículo 511 y siguientes de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Entréguese a las partes interesadas, la original dejando copias certificada en los archivos del tribunal y expídase tantas copias certificadas como requieran.
Publíquese, regístrese, déjese, copia certificada en el Tribunal como lo ordena el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, a los Veintiséis (26) días del mes de Marzo del año dos mil Doce (2012). Años 201º de la Independencia y 153º de la Federación.
La Jueza Provisorio
Abog. Farah Melissa Azocar.
La Secretaria Temporal,
Abog, Mariana Llavaneras.
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