REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI
El Tigre, 16 de octubre de 2012
201º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: A-2012-000007
ASUNTO: A-2012-000007
Vista la anterior demanda que por PARTICIÓN DE BIENES DE COMUNIDAD DE HECHO, ha presentado el ciudadano JULIÁN ALEJANDRO CANO GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.508.163, de este domicilio, asistido en este acto por el abogado Alexis Rafael Meza, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.316.573, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 33.591, domicilio procesal en la Avenida Country Club, Edificio Caribeam Country, Piso 1, oficina B-7, municipio Bolívar en la ciudad de Barcelona, estado Anzoátegui, contra el ciudadano JAVIER CANO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-8.479.617; el Tribunal por cuanto la misma está fundamentada en causa legal, no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, ADMITE cuanto ha lugar en derecho.- Estámpese en el asiento respectivo en el Libro diario.- En consecuencia, cítese al demandado ciudadano JAVIER CANO, quien puede ser ubicado en la Calle 27 sur, al lado de la Iglesia de Fátima, El Tigre, municipio Simón Rodríguez, estado Anzoátegui, para que comparezca ante este tribunal dentro de los CINCO (5) días de Despacho siguientes a la constancia en autos de la última citación que se hiciere, a fines de dar contestación a la presente demanda.- Compúlsese por Secretaría copia certificada del libelo de la demanda, con su respectiva orden de comparecencia al pie.- Líbrense las compulsas.-
LA JUEZ PROVISORIA,
ABG. ANYBETH SULBARÁN MARTÍNEZ.
EL SECRETARIO
ABG. ANDRÉS J. HERNÁNDEZ O.