REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, veinticuatro de septiembre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: BH04-X-2012-000021


En fecha 02 de Agosto de 2012, se recibió en este Juzgado el presente expediente procedente del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con motivo de la inhibición planteada por la Abogada Adamay Payares Romero, en su condición de Juez Provisorio del Juzgado antes mencionado.
Ahora bien, siendo la oportunidad legal para decidir, este Tribunal lo hace en base a las siguientes consideraciones:
En fecha 18 de Julio de 2012, la mencionada Juez del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, diligenció en el expediente contentivo del juicio por Nulidad de Asamblea, interpuesto por las ciudadanas Mariela Antonieta De Luca Zambrano y Mariange Giuseppina Porcado De Luca contra el ciudadano Jose Luis Viñas Chessman, se evidencia que el Abogado Carlos Alberto Moron Reyes, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 23.240, funge como apoderado judicial de la parte demandante y dado que entre el mencionado Abogado y la Juez Adamay Payares, existe causal de Inhibición, en virtud de que la Juez ha manifestado que se encuentra incursa en el Articulo 82, numeral 18º del Código de Procedimiento Civil por tener enemistad manifiesta con el abogado Carlos Alberto Moron, tal como se evidencia en las causas BP02-V-2012-000510 y BP02-V-2012-000728, en consecuencia procedió a inhibirse de seguir conociendo el presente juicio por Nulidad de Asamblea, fundamentándose en la norma anteriormente citada.
Ahora bien, del examen de las actas procesales no se evidencian elementos de prueba de lo expresado por el Juez en el acta de inhibición, en la cual manifiesta su convicción de considerarse incurso en causal de inhibición por cuanto lo antes expuesto pudiera comprometer su imparcialidad al decidir el juicio; no obstante no existir en actas elementos que prueben lo dicho por el Juez inhibido, esta sentenciadora en aplicación a la jurisprudencia vinculante, contenida en sentencia de fecha 29 de noviembre de 2000 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, la cual señala que: “…existe una presunción de verdad de lo dicho por el Juez en el acta de inhibición, y en consecuencia se presume la veracidad de los hechos que la fundamentan”, considera que de conformidad con el texto de la sentencia parcialmente transcrita debe ser declarada con lugar la inhibición planteada. Y así se decide.
Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR la inhibición planteada por la Abogada Adamay Payares, en su condición de Juez Provisorio del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en el juicio que por Nulidad de Asamblea, que incoara el abogado Carlos Morón Reyes, apoderado judicial de las ciudadanas Mariela Antonieta De Luca Zambrano y Mariange Giuseppina Porcado De Luca contra el ciudadano Jose Luis Viñas Chessman.
Segundo: Remítase el expediente al Tribunal de origen, a objeto de que este, lo envíe al Tribunal que esta conociendo la causa y copia certificada de la presente decisión, a la Jueza inhibida.
Líbrese oficio de remisión.
Déjese copia certificada.
La Juez

Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito.
El Secretario,
s.v.
Abg. Javier Arias León